Así puede reclamar apoyo económico de su expareja en caso de separación: los derechos que tiene una persona que dejó su empleo para dedicarse al hogar
La Ley 2442 de 2024 permite que una persona económicamente dependiente, en caso de divorcio, discuta ante un juez las condiciones económicas y familiares del proceso.
La medida busca proteger a quienes dejaron el mercado laboral para asumir tareas de cuidado.
En Colombia, las mujeres dedican 23 horas semanales al trabajo doméstico y de cuidado no remunerado en 2025, frente a nueve horas de los hombres, según el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane).
Ante este panorama, quienes reciban una demanda de divorcio pueden solicitar alimentos y apoyo económico durante el trámite si acreditan una necesidad real y la capacidad de pago de la otra parte.
La discusión puede incluir los gastos de habitación, sostenimiento y otras cargas económicas, aunque la dedicación al hogar no se convierte automáticamente en una indemnización.
Karen Castellanos, docente de Derecho de Familia de la Universidad de San Buenaventura Bogotá, explicó la ley: “Lo primero que hay que entender es qué se puede discutir y qué no.
La persona que recibe la demanda no puede oponerse a que el matrimonio termine.
Lo que sí puede y debe controvertir son las condiciones”.
El juez puede fijar cuánto debe aportar cada cónyuge para cubrir los gastos de habitación y sostenimiento del otro, según la capacidad económica de cada uno.
Esto permite solicitar apoyo antes de que concluya el proceso.
Qué debe probar quien pide apoyo económico La falta de empleo, por sí sola, no basta para obtener una cuota.
El análisis se centra en si la persona puede cubrir por sus propios medios vivienda, alimentación, salud y transporte, y en si la otra parte está en condiciones de aportar.
Castellanos lo planteó así: “ Estar desempleado es apenas un indicio; lo que el juez evalúa es si, en la práctica, esa persona puede o no cubrir su subsistencia por sus propios medios ”.
La Corte Constitucional reiteró en 2026 que debe examinarse la necesidad de quien pide alimentos, la capacidad de pago de quien tendría que asumirlos y si esa necesidad persiste en el tiempo.
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