La reforma pensional de Petro fue abrobada por la Corte Constitucional: estos son los principales cambios que tendrá la pensión de los colombianos
La Corte Constitucional mantuvo los pilares centrales de la reforma pensional del gobierno de Gustavo Petro, pero devolvió varios artículos a la Cámara de Representantes para corregir fallas de trámite, una decisión que preserva la arquitectura del nuevo sistema y aplaza parte de su implementación hasta que el Congreso subsane las observaciones.
La entrada en vigor quedó fijada para el 1 de abril de 2027 .
Hasta esa fecha seguirá rigiendo la Ley 100 de 1993, y no el calendario inicial que preveía el arranque en julio de 2025.
El fallo avaló los cambios más relevantes del modelo jubilatorio: el traslado obligatorio de una parte de las cotizaciones a Colpensiones, la creación de un fondo especial administrado por el Banco de la República y la organización del sistema en pilares solidario, semicontributivo y contributivo.
La decisión no cerró por completo el trámite.
La Cámara de Representantes tendrá 30 días hábiles para corregir los errores detectados antes de una nueva revisión de los magistrados .
Todos los trabajadores deberán cotizar en Colpensiones hasta el umbral de 2,3 salarios mínimos, equivalente a $4.027.081 en 2026 .
Los ingresos que superen ese monto irán a ahorro en fondos privados bajo el esquema de Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual, conocidas como Accai.
Ese diseño elimina la competencia directa entre el régimen público y los fondos privados.
El cambio convierte a Colpensiones en el eje del sistema de protección para la vejez y la proyecta como el fondo más grande del país al reunir a más de 20 millones de cotizantes.
Así mismo, el fondo administrado por el Banco de la República tendrá la función de custodiar los recursos pensionales con criterios de transparencia y sostenibilidad.
El objetivo, según la publicación, es evitar desvíos y asegurar el pago de obligaciones futuras.
La reforma también redefine a quién cubre cada componente.
El pilar solidario atenderá a adultos mayores en pobreza o vulnerabilidad que no lograron cotizar lo suficiente; el semicontributivo incluirá a quienes hicieron aportes, pero no alcanzaron los requisitos para pensionarse; y el contributivo seguirá cubriendo a quienes cumplan las semanas exigidas.
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