El Ministerio del Trabajo publicó ocho proyectos con los que se busca derogar o modificar decretos laborales del gobierno de Gustavo Petro
El Ministerio del Trabajo publicó el viernes 16 de octubre ocho proyectos para derogar o modificar decretos laborales expedidos durante el gobierno de Gustavo Petro, con el argumento de corregir sanciones, atribuciones y reglas que podrían exceder las facultades reglamentarias del Ejecutivo.
Las propuestas estarán abiertas a comentarios hasta el 9 de noviembre de 2026 y no modifican la Ley 2466 de 2025, que contiene la reforma laboral vigente .
La cartera, encabezada por la ministra del Trabajo, Natalia López Fuentes, identificó multas de hasta 50 veces por encima de los límites legales, funciones judiciales asignadas a inspectores y normas anuladas previamente por el Consejo de Estado que habrían sido reproducidas en nuevos decretos.
También señaló errores técnicos, como artículos con numeración duplicada y remisiones a disposiciones inexistentes.
El Ministerio del Trabajo sostuvo que los derechos laborales permanecen protegidos por la Constitución, el Código Sustantivo del Trabajo y las leyes aprobadas por el Congreso.
“Ordenar la regulación laboral no es retroceder, es darles a los derechos de los trabajadores una base que nadie pueda tumbar” , afirmó la entidad.
Tercerización, pactos colectivos e inspecciones bajo nuevas reglas El primer proyecto plantea derogar el Decreto 581, que regulaba la tercerización laboral ilegal, debido a que contemplaba multas superiores a las permitidas y retomaba disposiciones anuladas por el Consejo de Estado.
La prohibición de contratar mediante terceros para cubrir labores permanentes de una empresa seguirá vigente y podrá ser sancionada conforme a la legislación laboral.
Miguel Pérez García, presidente de la Asociación Colombiana de Empresas de Servicios Temporales, Acoset, consideró necesaria la derogación y la expedición de una nueva regulación que permita identificar las conductas que constituyen intermediación ilegal, sin confundirlas con las actividades autorizadas de las empresas de servicios temporales.
“ Indispensable la derogatoria y expedición de un nuevo documento de regulación que permita identificar las conductas que efectivamente configuran intermediación o tercerización laboral ilegal , sin generar interpretaciones que desconozcan la naturaleza jurídica de las Empresas de Servicios Temporales ni confundan su actividad autorizada con prácticas contrarias a la ley”, dijo Pérez García en declaraciones citadas por Semana .
El paquete también prevé derogar el Decreto 992 de 2026 sobre pactos colectivos, acuerdos entre empleadores y trabajadores no sindicalizados.
El depósito de estos convenios volvería a regirse por el Código Sustantivo del Trabajo, aunque continuará la prohibición de suscribirlos cuando un sindicato reúna a más de un tercio de los empleados de la compañía.
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