El Gobierno reorganizó los controles sanitarios sobre alimentos en toda la cadena logística
El Gobierno nacional modificó la Ley de Ministerios y reorganizó las competencias vinculadas con el control sanitario de los alimentos , una medida que alcanza de manera directa a distintas etapas de la cadena de abastecimiento.
A partir del nuevo esquema, el Ministerio de Economía tendrá entre sus atribuciones la fiscalización de productos agroalimentarios durante su producción, transformación, almacenamiento, transporte, comercialización, importación y exportación .
El cambio fue establecido mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 771/2026 , publicado este viernes en el Boletín Oficial.
La norma diferencia las funciones de las carteras involucradas: mientras Economía tendrá intervención sobre la fiscalización sanitaria de los productos a lo largo de la cadena, el Ministerio de Salud conservará funciones de normatización y rectoría en materia alimentaria , dentro del ámbito de su competencia.
Impacto sobre transporte, almacenamiento y comercio exterior La nueva distribución de atribuciones adquiere relevancia para los operadores que participan en las cadenas agroalimentarias porque la fiscalización no se circunscribe al establecimiento donde se produce o transforma una mercadería.
El decreto incorpora de forma expresa etapas posteriores como depósitos, traslado de productos y comercialización , además de los flujos internacionales.
Esto alcanza a cadenas donde las condiciones de inocuidad, conservación y calidad higiénico-sanitaria deben mantenerse durante sucesivos eslabones antes de que el producto llegue a destino.
En ese recorrido pueden intervenir productores, plantas elaboradoras, centros de almacenamiento, transportistas, operadores de comercio exterior y distintos puntos de distribución.
En materia de comercio exterior, la redacción incluye específicamente la importación y exportación , por lo que el nuevo reparto de competencias también comprende el control sanitario de alimentos y productos alcanzados cuando ingresan o salen del país.
La medida no modifica en su articulado los requisitos particulares que debe cumplir cada tipo de mercadería ni establece nuevos procedimientos logísticos.
El cambio se concentra en reordenar las competencias ministeriales bajo las cuales se desarrollan las tareas de regulación y fiscalización.
Además de las modificaciones vinculadas con los alimentos, el DNU introduce cambios en otras atribuciones del Ministerio de Salud relacionadas con productos medicinales, cosméticos y de uso doméstico, y le asigna funciones específicas para la prevención y el abordaje de la ludopatía.
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