Personas obligadas a pagar cuotas alimenticias tienen hasta el 1 de diciembre para entregar el aguinaldo en El Salvador
Las personas obligadas a pagar cuota alimenticia deben entregar el aguinaldo alimentario entre el 1 de octubre y el 1 de diciembre de cada año.
Alex Huben Mejía , procurador especializado de familia de la Procuraduría General de la República (PGR), explicó a Infobae que ese plazo rige tras la reforma del 24 de septiembre de 2026 al decreto de 1997 que regula este aporte.
Mejía señaló que la normativa sobre cuotas alimenticias existe desde 1994, pero el decreto que estableció el pago de aguinaldo para los alimentarios fue emitido en 1997.
La regulación contempla situaciones distintas para quienes reciben aguinaldo al final del año y para quienes no perciben esa prestación.
Las personas que reciben aguinaldo deben aportar el 30 % de ese pago a quienes son beneficiarios de una cuota alimenticia.
El procurador aclaró que ese porcentaje no se distribuye según la cantidad de expedientes abiertos contra el obligado, sino según el número de personas beneficiarias.
Una persona puede tener más de un expediente de alimentos.
Esa circunstancia no permite repartir el aporte por partes iguales entre los procesos sin tomar en cuenta cuántos hijos o beneficiarios están incluidos en cada uno.
“Si son dos expedientes, hay que ver si en alguno hay dos hijos y en el otro hay uno; entonces se va a dividir esa cuota entre los tres”, explicó Huben Mejía.
Según su ejemplo, si un expediente incluye a dos hijos y otro a un hijo, el obligado debe calcular el 30 % de su aguinaldo y dividir esa cantidad entre los tres.
No corresponde asignar 15 % a cada expediente solo porque existen dos procesos.
Personas sin aguinaldo deben pagar una cuota similar en diciembre El decreto también contempla a quienes no reciben aguinaldo al cierre del año.
En esos casos, deben aportar durante diciembre una suma igual a la cuota alimenticia mensual que ya pagan.
Si una persona no recibe aguinaldo y su cuota alimenticia mensual es de USD 200, debe entregar en diciembre otros USD 200 adicionales en concepto de aguinaldo alimentario.
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