Inocencia Fiscal: el nuevo capítulo de una reforma que vuelve a mover los límites entre control y alivio tributario
El peregrinaje de la Inocencia Fiscal comenzó en el mes de mayo del año pasado con el decreto 353/25, junto con el envío al Congreso de un proyecto de ley.
En ese momento ARCA emitió la RG 5704, reglamentando el régimen opcional de liquidación simplificada del impuesto a las Ganancias, que significaba una pileta sin agua a la que se zambulleron algunos contribuyentes, a pesar de que la ley no estaba sancionada .
A fines de diciembre 2025 fue aprobada la ley 27.799, que transitó poco tiempo, ya que en el Congreso hay un nuevo proyecto, que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados.
Por la demora ARCA se vio en la obligación de postergar nuevamente, hasta el 22 de septiembre, el plazo para presentar la declaración del impuesto a las ganancias, tanto en su versión tradicional como la del régimen simplificado.
Lo mismo sucedió con el vencimiento del primer anticipo del impuesto, pasando al 24 de septiembre.
No se descartaría una nueva prórroga ya que el plazo, de la sanción y la presentación, quedó muy finito.
El vencimiento del pago no se movió, quedó en su fecha original del 27 de julio de este año.
Por ese motivo, la Dirección Nacional de Impuestos, oficina dependiente del Ministerio de Economía, emitió un dictamen concluyendo que el pago se considera “en término” si se realiza hasta el 27 de julio .
De existir una diferencia pendiente de ingreso, que surja de la liquidación definitiva, debería ser cancelada hasta la nueva fecha de vencimiento del 22 de septiembre, para la presentación de la declaración jurada.
Originariamente, la ley actualizó los umbrales de la ley penal tributaria y elevó las multas automáticas; disminuyó los plazos de prescripción impositivos y previsionales y creó formalmente la declaración jurada simplificada del impuesto a las ganancias , con el objetivo final de que los dólares no justificados, de una vez por todas, puedan ver la luz del sol.
La declaración simple no exige mostrar los consumos ni el patrimonio del contribuyente.
El borrador del proyecto no había introducido modificaciones sobre la ley, en relación a que algunos funcionarios puedan adherir a la presentación simplificada y de esa manera dejen de detallar sus consumos y el patrimonio.
Sin embargo, Diputados extendió una adhesión limitada a la presentación de la declaración simplificada para determinados funcionarios, con cargos no inferiores al de secretario de estado, legisladores, concejales, magistrados, etcétera.
Sin embargo, no dice nada sobre sus familiares, que podrían adherir a la inocencia fiscal tranquilamente.
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