PRONABEC permitirá cambiar de carrera o universidad con crédito educativo: estos son los requisitos
Los estudiantes que reciben un crédito educativo del PRONABEC tendrán una nueva posibilidad para cambiar de carrera o de institución de educación superior, aunque bajo condiciones específicas.
La medida forma parte de la reingeniería del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo establecida mediante el Decreto Supremo N.° 017-2026-MINEDU , publicado este jueves 24 de septiembre en el diario oficial El Peruano .
La norma modifica 27 artículos del reglamento de la Ley N.° 29837 .
Entre los cambios incorporados se encuentra una nueva disposición que regula el cambio de carrera o institución para los beneficiarios de un crédito educativo . ¿Cuántas veces se podrá cambiar de carrera con un crédito PRONABEC? De acuerdo con el nuevo reglamento, el cambio de carrera o de institución de educación superior será excepcional y podrá realizarse una sola vez .
Además, no podrá solicitarse en cualquier momento de la trayectoria académica.
La norma establece que debe efectuarse dentro del primer año de estudios o al finalizar los estudios generales , según corresponda.
Esto significa que el beneficio no contempla cambios sucesivos de carrera durante toda la duración del crédito educativo. ¿En qué casos se podrá solicitar el cambio? El cambio no será automático.
Una de las condiciones establecidas por el reglamento es que existan causas atribuibles a la propia institución de educación superior que pongan en riesgo la continuidad de los estudios .
Además, la carrera de destino debe encontrarse entre aquellas consideradas elegibles para el financiamiento correspondiente.
El beneficiario deberá presentar la solicitud correspondiente ante PRONABEC para que esta sea evaluada. ¿Se podrá cambiar de universidad? Sí.
La modificación contempla tanto el cambio de carrera como el cambio de institución de educación superior .
Sin embargo, se mantienen condiciones para evitar que el cambio implique un aumento de los costos originalmente financiados.
Uno de los requisitos es que el monto correspondiente a la pensión de los estudios de destino no supere el costo de la pensión de los estudios originales financiados mediante el crédito educativo.
Por ejemplo, si un estudiante tiene un crédito para una carrera cuya pensión financiada tiene determinado costo, no podrá utilizar esta posibilidad para trasladarse a una carrera cuya pensión sea superior a ese monto. ¿El cambio de carrera amplía el tiempo del crédito? No.
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