Los bancos y las casas de bolsa se preparan para captar los fondos de las indemnizaciones antes de fin de año
Luego de que el Gobierno confirmó que los fondos para financiar las indemnizaciones se pondrán en marcha a partir del 1° de noviembre , los jugadores del sistema financiero trabajan en afinar los detalles de esta alternativa que, según las estimaciones privadas, podría sumar más de US$1000 millones por año al mercado de capitales local.
Hubo algunos meses de demora con respecto a la fecha original que planteaba la reforma laboral, que era el primer día de junio.
En parte, ese retraso se debió a que los aportes a esos vehículos de inversión dejarán de ser percibidos por el Estado, lo que impactará los ingresos fiscales .
Finalmente, el Ministerio de Economía publicó la reglamentación y la Comisión Nacional de Valores abrió la consulta pública sobre esta normativa para que los Fondos de Asistencia Laboral (FAL) puedan empezar a captar aportes en el último bimestre del año.
La reforma laboral creó el régimen de fondos de asistencia para el pago de indemnizaciones. (Foto: Senado) Las sociedades de Bolsa y los bancos esperan los detalles finales, pero confían en que podrán salir con el producto en la fecha pautada .
“Faltan aún algunas reglamentaciones, en especial sobre la parte operativa.
Pero entendiendo que van a salir y van a estar alineadas a lo que ya sabemos, en noviembre podrían entrar en funcionamiento sin mayores complicaciones”, dijo Matías Salcedo , responsable de financiamiento en Cohen , a TN .
Desde Puente Asset Management coincidieron : “Nuestra infraestructura técnica, legal y humana tiene un cronograma que avanza exitosamente y con los plazos totalmente alineados a las exigencias normativas, para recibir y administrar los fondos desde el primer día ”.
En qué invertirán los FAL Entre otras cosas, la reglamentación despejó dudas sobre en qué tipo de instrumentos podrán invertir los FAL.
La resolución delimitó cuatro grandes categorías de instrumentos y también estableció algunas pautas mínimas de liquidez .
Deuda emitida por el Tesoro nacional, sin limitaciones .
Hasta un 15% en títulos de deuda de provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un tope del 5% por jurisdicción.
Depósitos en bancos , con un límite del 15% por entidad financiera.
Un máximo del 20% en obligaciones negociables (ON) de empresas privadas emitidas en la Argentina, con un tope del 10% por emisor y sus vinculadas.
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