Se aprobó Inocencia Fiscal II: 5 claves para entender la ley con la que el Gobierno busca sacar los dólares del colchón
El Senado aprobó esta tarde el proyecto llamado Inocencia Fiscal II, que impulsó el gobierno de Javier Milei con el objetivo que los ahorristas saque dólares del colchón y los vuelquen al sistema para reactivar la economía y buscar el incentivar el mercado de capitales.
Desde diciembre del año pasado regía la normativa original, pero surgieron diferentes críticas respecto de ciertos aspectos, lo cual motivó al equipo económico a redactar una versión actualizada destinada a aclarar interrogantes y mejorar las garantías para quienes busquen normalizar capitales.
Los contadores fueron quienes originalmente impulsaron la revisión de la ley, tras advertir durante meses al ministro Luis Caputo que, si no se cambiaba, los contribuyentes se abstendrían de declarar sus fondos.
El funcionario, luego de varios encuentros, resolvió remitir un texto alternativo al Congreso, el cual ya cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados y aguarda ahora tratamiento en el Senado.
Desde SDC Asesores Tributarios , del tributarista Sebastián Domínguez , detallaron las cinco claves más relevantes de la nueva ley, que ahora deberá ser reglamentada para que entre en vigencia plena.
1 - Redefinición de discrepancia significativa: nuevo umbral mínimo y ajuste de causales - Ya no se considera la disminución del saldo a favor, se considera entonces el incremento del impuesto determinado y continua la reducción de quebrantos.
Según Domínguez, “esto es muy relevante porque elimina situación donde por ejemplo con la diferencia de $1 en determinados casos se podía encuadrar en la discrepancia significativa”. - Fija un umbral mínimo en la causal del inciso i): no habrá discrepancia significativa cuando la diferencia determinada, aunque sea un 15% o más, si no supera un importe equivalente al 5% del monto objetivo de punibilidad (MOP) del artículo 1° del Régimen Penal Tributario establecido por la Ley 27.430.
No está definido en la ley si debe tomarse el MOP al cierre del período fiscal o al momento de presentación de la Declaración Jurada.
Esto no es menor ya que al cierre del período fiscal 2025 el MOP era $1.500.000 y el 15% sería $750.000.
Pero si se toma el MOP al momento de la presentación de la declaración jurada sería $100.000.000 y el 5% sería $5.000.000.
Es muy importante que la reglamentación defina esta cuestión. - Se precisa incremento del impuesto determinado cuando se supera el MOP.
No se contempla el incremento del saldo a favor que establece el DR una diferencia entre el impuesto declarado y/o ingresado por el contribuyente en ese período.
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