Suspensión confirmada: un juez falla a favor de inmigrantes que recibían multas de hasta US$1,8 millones
Una decisión judicial en Estados Unidos puso un límite a una política que permitió imponer multas a inmigrantes sujetos a órdenes de deportación o de salida voluntaria.
El fallo considera que el gobierno federal tiene altas probabilidades de haber aplicado esas sanciones sin analizar de manera individual si cada persona realmente se negó de forma voluntaria o deliberada a abandonar el país norteamericano.
Multas del DHS contra migrantes: un juez suspendió la medida Según el fallo , el Tribunal del Distrito de Massachusetts , a través del juez George O’Toole Jr. , resolvió el 30 de septiembre conceder la solicitud presentada por los demandantes y ordenar la suspensión del mecanismo cuestionado .
El caso fue iniciado por el Immigrant Legal Resource Center (ILRC) en nombre de Maria L. y Nancy M., contra el Departamento de Seguridad Nacional ( DHS , por sus siglas en inglés), el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas ( ICE , por sus siglas en inglés), el Departamento de Justicia y otros funcionarios federales.
Según el fallo, la demanda sostiene que decenas de miles de personas fueron alcanzadas por sanciones que podían llegar a 1,8 millones de dólares por persona .
El juez consideró que los demandantes demostraron los elementos necesarios para obtener una medida de protección preliminar y que correspondía suspender la aplicación de las nuevas reglas mientras avanza el litigio.
El cálculo que usó el DHS para calcular las multas a inmigrantes El origen de las sanciones se encuentra en dos disposiciones de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) que permiten imponer multas civiles bajo determinadas circunstancias: Una de ellas contempla sanciones cuando una persona autorizada a salir voluntariamente del país no lo hace dentro del plazo establecido.
La otra prevé multas cuando alguien sujeto a una orden definitiva de deportación incumple deliberadamente determinadas obligaciones relacionadas con su salida.
La primera disposición , identificada como 8 U.S.C. § 1229c, establece una multa que originalmente podía ubicarse entre US$1000 y US$5000 para quien recibió autorización para salir voluntariamente y no lo hiciera.
El propio fallo aclara que esos valores fueron posteriormente ajustados por inflación y que el rango actualmente utilizado es de US$1992 a US$9970 .
La segunda disposición , 8 U.S.C. § 1324d, contempla una multa de hasta US$500 por cada día de incumplimiento cuando un inmigrante sujeto a una orden definitiva de deportación deliberadamente no abandona EE.UU., no realiza de buena fe los trámites necesarios, no se presenta para su expulsión o realiza acciones destinadas a impedir su salida.
El valor ajustado por inflación mencionado en el fallo asciende a US$998 por día .
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