Un juzgado devuelve a la Audiencia de Granada la pieza del 'caso Nazarí' que descartó juzgar
Un juzgado de lo Penal ha remitido de nuevo a la Audiencia de Granada la pieza separada del 'caso Nazarí' vinculada al residencial Ciudad de la Luz, lo que se produce unos meses después de que el propio tribunal provincial se declarara incompetente para enjuiciar este caso.
Esta pieza, cuya apertura de juicio oral se produjo hace más de un año, gira en torno a la concesión presuntamente irregular de la licencia de primera ocupación de este residencial compuesto por 300 viviendas para presuntamente "beneficiar" a un promotor y sus empresas.
El caso sentará en el banquillo de los acusados a la exconcejal de Urbanismo en el Ayuntamiento de Granada Isabel Nieto (PP) y otros tres exaltos cargos del área.
En un reciente auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el titular de la plaza número 3 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Granada precisa que la Fiscalía calificó los hechos en sus conclusiones provisionales como constitutivos de un delito de prevaricación urbanística.
Recalca el juez que el Ministerio Fiscal solicitó nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público para cada uno de los acusados --además de dos años de prisión--.
Entiende el magistrado que esta pena excede de su competencia y que es la Audiencia Provincial la competente para enjuiciar el asunto, por lo que acuerda remitirle la causa.
La fiscal del caso, Sara Muñoz-Cobo García, considera que los cuatro acusados "puestos de común acuerdo" y "con la finalidad de beneficiar al promotor" acordaron "con vulneración de la legalidad urbanística" la concesión en 2012 de la licencia de primera ocupación para este conjunto residencial de dos edificios situado en la calle Pedro Machuca, que promovía un promotor a través de la empresa Casería de San Jerónimo S.L.
Mantiene la fiscal en su escrito de acusación, consultado por Europa Press, que la licencia se dio "aduciendo razones de interés público inexistentes" y "a pesar de no estar finalizadas las obras de urbanización como era preceptivo legalmente".
Afirma así que los acusados actuaron en contra de los criterios establecidos en anteriores informes técnicos y sin el "preceptivo informe jurídico".
Tampoco contaban supuestamente con la autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir en lo referido al desvío del Barranco San Jerónimo, "contraviniendo" con ello "de forma muy grave la legalidad".
A lo largo de su escrito, de 21 páginas, la fiscal relata que la puesta en servicio se "limitó a las manzanas ocupadas por las 300 viviendas" y por una estación de servicio, por lo que actualmente existe una "carencia de equipamientos y dotaciones al no haberse ejecutado el planeamiento" previsto.
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