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Política

La Corte anuló una sentencia del Tribunal Superior de Justicia porteño que beneficiaba al gobierno de la Ciudad

La Nación Política ·
La Corte anuló una sentencia del Tribunal Superior de Justicia porteño que beneficiaba al gobierno de la Ciudad

La Corte Suprema de Justicia anuló hoy una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires que beneficiaba al gobierno porteño ante un reclamo por la falta de escuelas de jornada completa en las zona mas desfavorecidas del distrito porteño, como Barracas, Nueva Pompeya, Villa Soldati, Villa Lugano y Villa Riachuelo.

Los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación dijeron que en el fallo del tribunal local, los jueces expusieron distintos argumentos, pero sus votos no guardan “la mínima concordancia lógica y argumental requerida” para decisiones judiciales.

Los jueces Horacio Rosatti , Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti enviaron así un mensaje al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad que revisa todas las causas de la justicia nacional de la Ciudad.

Señalaron así que se debe exigir una mayoría de votos y respetar la lógica en sus resoluciones, más allá del “respeto por las opiniones individuales y las disidencias”.

La decisión se tomó en un amparo que presentó la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia ( ACIJ ) contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Planeó la ONG que existía una discriminación estructural y una vulneración del derecho a la educación pública y equitativa respecto de los estudiantes de los Distritos Escolares 5, 19 y 21 de la ciudad de Buenos Aires, que se corresponden con sectores de Barracas, Nueva Pompeya, Villa Soldati, Villa Lugano y Villa Riachuelo.

ACIJ sostuvo que la falta de oferta de escuelas primarias de jornada completa estatal en esas zonas con la población socioeconómica más vulnerable de la Ciudad es discriminatoria y reclamó la creación de más establecimientos en esos distritos.

El Gobierno de la Ciudad replicó que no incurrió en ninguna omisión ni conducta ilegítima o arbitraria , planteó que la definición y distribución de políticas educativas y de la infraestructura escolar forman parte del ámbito de su discrecionalidad técnica y presupuestaria de la administración pública y pidió rechazar el amparo.

En primera instancia, la justicia condenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a desarrollar un programa tendiente a que funcionen en el Distrito Escolar 21 al menos un 30 % de escuelas con jornada completa, dispuesta esta proporción por la Ley 26.075.

Y lo exhortó a implementar políticas públicas para igualar la oferta de doble jornada en esos distritos.

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario confirmó la condena respecto del Distrito Escolar 21 e instó al gobierno de la Ciudad a presentar y desarrollar un programa de extensión de jornada completa en los Distritos Escolares 5 y 19.

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