Bancos en Panamá tendrán que comprobar que el nombre y la cuenta coincidan antes de transferir dinero
Los bancos de Panamá deberán verificar la identidad del destinatario antes de ejecutar transferencias electrónicas y mostrar a sus clientes información más detallada sobre los créditos que contraten.
Las nuevas obligaciones están contenidas en dos acuerdos aprobados por la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP), que establecen cambios en las operaciones digitales y en la transparencia de los préstamos.
El Acuerdo 8-2026, del 22 de septiembre, dispone que las entidades bancarias comprueben que el nombre del beneficiario coincida con los datos registrados en la cuenta receptora.
La medida busca reducir las transferencias enviadas por equivocación o mediante engaños, antes de que el dinero llegue a un destinatario distinto del previsto.
En términos prácticos, cuando una persona intente transferir dinero desde su aplicación bancaria, el sistema deberá confirmar que la cuenta receptora esté habilitada y mostrar quién es su titular.
Esta verificación será gratuita y deberá realizarse antes de que el usuario autorice definitivamente el envío de los fondos.
La obligación también comprende transferencias realizadas mediante números de celular, correos electrónicos, nombres de usuario u otros identificadores utilizados por las plataformas bancarias.
Los controles deberán funcionar tanto entre cuentas de una misma institución como entre bancos diferentes, siempre que ambas entidades estén establecidas en territorio panameño.
Antes de confirmar una operación, el cliente deberá visualizar el nombre del banco receptor, el número de cuenta o identificador utilizado, el titular y el monto.
Esta información tendrá que presentarse de manera clara y comprensible, para que la persona pueda comprobar a quién está enviando su dinero.
Si el nombre indicado no coincide con la información bancaria, la entidad deberá mostrar una advertencia visible sobre el riesgo de enviar fondos a otra persona.
Sin embargo, la regulación no establece una prohibición automática: el cliente podrá decidir si continúa o cancela la transferencia, después de recibir la alerta.
La norma también exige que los bancos conserven registros de las verificaciones, advertencias y autorizaciones efectuadas durante cada operación.
Los datos personales consultados solo podrán utilizarse para verificar, ejecutar y auditar las transferencias.
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