La Legislatura porteña aprobó una ley que impide a los deudores alimentarios realizar apuestas en línea
Los deudores alimentarios cuentan con una nueva restricción dentro de la Ciudad de Buenos Aires.
La Legislatura porteña aprobó hoy una ley que impide a las personas incluidas en el Registro Público de Alimentantes Morosos que puedan acceder o realizar operaciones en las plataformas de juegos de azar y apuestas en línea autorizadas.
La nueva norma, que cuenta con la autoría del diputado Leandro Santoro (Fuerza por Buenos Aires) , estipula la obligación de verificar, en tiempo real y antes de cualquier transacción, que quienes pretendan jugar o apostar no figuren como deudores alimentarios.
Y establece sanciones específicas para los operadores que incumplan este proceso.
La iniciativa incorpora un nuevo artículo (17 bis) a la Ley N° 269 que regula el registro de alimentantes morosos.
Toda persona inscripta en ese registro no podrá abrir ni mantener cuentas activas, ni realizar depósitos, apuestas o retiros en plataformas de juego o apuestas por internet habilitadas en la ciudad .
Esta restricción alcanza tanto a los juegos de azar como a los de destreza, así como a cualquier modalidad que administre Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E. (LOTBA S.E.) .
El texto señala una novedosa obligación para las empresas que exploten estos servicios: antes de habilitar cualquier usuario, deberán consultar de manera automatizada si la persona figura en el Registro Público de Alimentantes Morosos.
Si la consulta resulta positiva, no podrán habilitarla; si se detecta que un usuario ya inscripto mantiene una cuenta operativa, deberán suspenderla de inmediato e informar simultáneamente al Registro y al órgano judicial interviniente .
El proyecto introduce otro artículo (17 ter) que regula los mecanismos de información y la protección de los datos personales.
Será el Poder Ejecutivo quien deberá implementar, junto con LOTBA S.E. , sistemas informáticos de consulta automatizada en tiempo real.
Las consultas solo podrán verificar la condición registral de la persona, sin que los datos sean conservados, usados con fines comerciales ni para el perfilamiento de usuarios .
Esto se ajusta al marco de la Ley N° 1845, enfocada en la protección de datos personales.
Por otro lado, la iniciativa incorpora un capítulo sancionatorio claro.
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