El fin de AFOCATU: SBS cancela registro de la asociación y le impide otorgar certificados contra accidentes de tránsito
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) de Perú resolvió la cancelación del registro de la Asociación de Fondos contra Accidentes de Tránsito Unión (AFOCATU) por incurrir tres veces en la omisión de reportar información obligatoria sobre certificados y siniestros en un periodo de dos años.
La decisión representa una acción directa en el marco del control y fiscalización del sistema de seguros obligatorios de accidentes de tránsito.
AFOCATU: razones y alcances de la medida regulatoria La SBS argumentó que AFOCATU ignoró en tres oportunidades la obligación de informar sobre los certificados contra accidentes de tránsito (CAT) y los siniestros correspondientes a 2022.
Pese a recibir prórrogas y notificaciones para regularizar su situación, la asociación no corrigió su conducta.
Tras sanciones aplicadas el 15 de marzo de 2024, el 29 de agosto de 2024 y el 26 de septiembre de 2025, la autoridad utilizó el mecanismo de “graduación por reiterancia” previsto en la normativa, que establece la cancelación definitiva del registro tras la tercera infracción en veinticuatro meses.
La resolución establece que la sanción es inmediata: AFOCATU queda impedida de emitir o renovar certificados CAT, aunque los ya vigentes mantendrán su cobertura hasta el vencimiento.
Esta decisión afecta de manera directa a transportistas y pasajeros, pues los certificados CAT son indispensables para circular con cobertura legal ante accidentes de tránsito.
AFOCATU: defensas y argumentos ante la sanción Durante el proceso, AFOCATU presentó descargos, cuestionando la acumulación de sanciones y alegando vulneración al debido proceso.
La asociación sostuvo que la SBS no realizó pesquisas preliminares adecuadas y que las fechas usadas para computar la reiterancia no cumplían la norma.
Además, argumentó haber entregado la información requerida en inspecciones presenciales y que la falta de capacitación sobre la plataforma digital complicó el reporte formal.
La SBS desestimó estos argumentos, insistiendo en que la obligación era digital y que hubo notificación y capacitación suficientes.
El organismo resaltó la “permanencia voluntaria en el estado infractor” como causa de las sanciones sucesivas.
Cancelación definitiva y proceso de liquidación La normativa vigente prevé que, ante tres reincidencias en 24 meses, la sanción pase de multa a cancelación definitiva.
AFOCATU recibió inicialmente una multa de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), luego de dos UIT y, finalmente, la cancelación del registro.
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