Senado: se demoran las firmas para dictaminar la ley de salud mental y hay disidencias de los aliados
Tras algunas disidencias en aliados y la falta de un par de firmas, las comisiones de Salud; y de Legislación General del Senado no lograron blindar esta tarde un dictamen de la nueva ley de salud mental, tras meses de negociaciones entre Nación y provincias representadas en el Consejo Federal de Salud (CoFeSa).
El oficialismo libertario confía que obtendrá las rúbricas para el despacho de mayoría: si no lo hace hoy, el tema no quedará habilitado para la semana próxima .
En concreto, el proyecto plantea la prioridad para médicos -psiquiatras, en preferencia- sobre psicólogos -quienes también formarán los equipos interdisciplinarios- a la hora de tomar las decisiones más delicadas.
Y las internaciones involuntarias serán notificadas a un juez, que no tendrá injerencia en dicha acción , mientras que se revalida y sostiene la cooperación entre Nación y provincias en cuanto al financiamiento.
Por otra parte, se ampliará el concepto de adicciones -por ejemplo, la ludopatía -, se activará una delimitación de familiares en representación de pacientes , se impondrán diferenciaciones específicas entre adultos e infanto-juveniles, y quedará prohibida la práctica de manicomios .
También existirá un plan de egreso con objetivos y seguimientos, más directivas claras “anticipadas” -prevención- en salud mental .
Además, todos los trabajadores involucrados en el proceso deberán contar con capacitación permanente.
Otro ítem que generó conflicto y terminó de inclinar la balanza del articulado -hoy frenado- fue la restitución de la cooperación técnica, económica y financiera nacional en los convenios con las jurisdicciones.
Es decir, plata .
En cuanto a familiares, se limitará la intervención a padres o hijos y se mantendrán los representantes legales, cónyuges y convivientes.
Una aclaración no menor es que, en los casos de no aparición de responsables, se explicita la obligación estatal de garantizar apoyos y dispositivos comunitarios .
Para el régimen de atención por equipos infantojuveniles y dispositivos diferenciados de adultos se incorpora la autonomía progresiva, el derecho a ser escuchado y la confidencialidad.
En caso de una potencial internación en unidades de adultos, la misma quedará restringida a imposibilidad acreditada y por un tiempo mínimo indispensable .
En último lugar y, en conjunto con la prohibición de prácticas “manicomiales”, se restituye un catálogo de atención ambulatoria y domiciliaria , casas de convivencia, hospitales de día y centros de capacitación sociolaboral.
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