El Supremo confirma la pena de inhabilitación a expresidente de la Diputación de León y otras tres personas por 'Púnica'
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado las penas de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación al expresidente de la Diputación de León Marcos Martínez Barazón y a otras tres personas, que fueron condenados por la Audiencia Nacional (AN) en la rama del 'caso Púnica' en la que se juzgaron los contratos de reputación 'online' en dicho organismo.
Así lo ha acordado la Sala de lo Penal en una sentencia, recogida por Europa Press, en el que desestima los recursos de los condenados, de la Fiscalía y de la acusación popular ejercida por Asociación de Abogados Demócratas por Europa (ADADE).
La Audiencia Nacional condenó en 2023 a Marcos Martínez Barazón a una pena de 8 años y medio de inhabilitación especial con la atenuante simple de dilaciones indebidas.
También condenó a inhabilitación a quienes fueran coordinador general e interventor de la Diputación, Pedro Vicente Sánchez y Manuel Jesús López Sánchez, respectivamente.
Esa inhabilitación recayó también sobre el conocido como 'conseguidor' de la 'Púnica', el informático y consultor Alejandro de Pedro.
La AN le condenó a la pena de cuatro años y tres meses de inhabilitación, mientras que absolvió a José Antonio Alonso Conesa, socio de De Pedro en las empresas Madiva y Eico --y exalcalde de Cartagena (Murcia) por el PSOE de 1991 a 1995--, así como a la trabajadora de estas compañías Guadalupe Caballero.
Asimismo, la AN absolvió a todos ellos, en contra del criterio del fiscal, de los delitos continuados de fraude a la Administración, falsificación en documento mercantil en concurso con malversación de caudales públicos y cohecho.
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO "IRREGULAR" La Audiencia Nacional consideró probado que De Pedro, en connivencia con Martínez Barazón --que sustituyó en el cargo a la expresidenta Isabel Carrasco después de que fuera asesinada en mayo 2014--, durante los meses de junio, julio, agosto y septiembre de 2014 llevó a cabo un procedimiento administrativo irregular que se seguía en esa Diputación para la adjudicación de la publicidad institucional.
"El acusado era consciente de que la forma en la que se giraban y emitían las facturas --para Madiva--, y su periodicidad constituía una grave irregularidad de carácter administrativo que tenía una relevancia penal", señaló la AN sobre De Pedro en la sentencia.
Sumó a esto que ese procedimiento de aprobación de facturas, que arrancó con Carrasco y siguió con el sucesor, era mensual y siempre de similares importes, "en todo caso, menores de 6.000 euros y tramitadas por el trámite de urgencia" a pesar de que no fuera necesario.
El tribunal cifró en 18.150 euros la cantidad facturada de mayo a octubre de 2014.
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