El escrito que complica que Begoña Gómez se siente en el banquillo: el juez Peinado no notificó el auto de apertura de juicio en plazo por las dudas sobre la acusación
El auto que debe decidir si Begoña Gómez y su asesora en La Moncloa, Cristina Álvarez, se sientan finalmente en el banquillo por malversación y tráfico de influencias no fue notificado el viernes , pese a que ese era el plazo que se manejaba después de la audiencia preliminar celebrada el martes.
La explicación del retraso apunta al principal problema que quedó sobre la mesa durante aquella vista: la defensa de Gómez cuestionó la validez del escrito de acusación presentado por Hazte Oír, la única acusación que reclama que se abra juicio oral contra la esposa del presidente del Gobierno.
El abogado Jaime Campaner planteó durante la audiencia preliminar que ese escrito no cumple las exigencias específicas de un procedimiento ante un Tribunal del Jurado.
En concreto, sostuvo que la acusación popular no se limitó a exponer los hechos que considera delictivos, sino que incorporó referencias a atestados policiales y a declaraciones realizadas durante la fase de instrucción.
A juicio de la defensa, ese contenido convierte el escrito en ineficaz y es especialmente problemático porque el eventual juicio será con jurado popular.
La cuestión no es menor dentro de un procedimiento en el que el juez Juan Carlos Peinado debe decidir precisamente si abre juicio oral.
La Ley Orgánica del Tribunal del Jurado establece que, terminada la audiencia preliminar, el magistrado debe dictar el auto de apertura o de sobreseimiento en el mismo acto o dentro de los tres días siguientes .
La misma norma contempla, además, que el juez pueda ordenar antes de resolver alguna diligencia complementaria si la considera imprescindible a la vista de lo ocurrido durante la audiencia.
La audiencia se celebró el martes 8 de septiembre y concluyó con las posiciones enfrentadas que ya habían mantenido las partes durante la instrucción.
La Fiscalía y las defensas de Gómez y Cristina Álvarez solicitaron el archivo de la causa, mientras que Hazte Oír, que ejerce la acusación popular, mantuvo su petición de apertura de juicio oral .
La organización reclama 13 años de prisión para Gómez y seis para Álvarez.
El problema del escrito de Hazte Oír El punto que puede explicar el retraso está en la forma en que se ha construido esa acusación.
Campaner defendió ante el juez Peinado que la Ley del Tribunal del Jurado exige que las acusaciones se ciñan, en el apartado correspondiente, a una narración de los hechos punibles .
La defensa considera que Hazte Oír se apartó de ese esquema al incorporar al escrito elementos procedentes de la investigación, entre ellos referencias a informes policiales y a declaraciones tomadas durante la instrucción.
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