SBS: afiliados de AFP podrán aportar a su jubilación mediante billeteras digitales y agentes bancarios
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) autorizó el pago de aportes previsionales mediante billeteras digitales, aplicativos móviles, agentes bancarios y otros mecanismos dentro del Sistema Privado de Pensiones (SPP).
La medida entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.
La Resolución SBS N.° 02326-2026 modifica las reglas de afiliación y aportes del SPP para incorporar estos canales de pago.
La norma alcanza a empleadores, trabajadores dependientes e independientes, además de terceros e instituciones que participen en el proceso de recaudación.
Las entidades deberán asegurar que el aporte llegue completo al fondo La disposición permite que las entidades administradoras de fondos (EAF) ofrezcan pagos a través de billeteras digitales y aplicativos (como Yape o Plin , los más conocidos del mercado).
También podrán suscribir convenios con empresas de servicios de pago supervisadas por el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) , entidades financieras y compañías habilitadas para brindar servicios complementarios.
Los convenios con estas instituciones intermediarias deberán remitirse a la SBS dentro de los tres días posteriores a su firma.
Además, deberán establecer las condiciones de ejecución, los plazos, las responsabilidades y los canales para responder ante fallas tecnológicas u operativas.
La norma exige que las instituciones intermediarias transfieran el dinero recaudado a las cuentas correspondientes a más tardar el segundo día hábil posterior al cobro.
Si se aplica algún cargo durante ese proceso, la EAF deberá compensarlo para garantizar que el afiliado reciba el íntegro del monto aportado .
Los aportes podrán hacerse desde aplicaciones y cajeros corresponsales La resolución incorpora de forma expresa a las billeteras digitales , otros aplicativos y los cajeros corresponsales como medios permitidos para el pago de aportes previsionales.
La modificación responde a lo dispuesto por la Ley N.° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano.
El objetivo de la norma es facilitar el uso de herramientas digitales para que los afiliados y empleadores realicen aportes al sistema.
La regulación también permite que terceros efectúen pagos, siempre que se cumplan las condiciones y controles establecidos por la Superintendencia.
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