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Le habían reconocido $115 millones por una secuela tras una artroscopia, pero la Cámara revocó el fallo y rechazó la demanda

Infobae ·
Le habían reconocido $115 millones por una secuela tras una artroscopia, pero la Cámara revocó el fallo y rechazó la demanda

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó una sentencia que había condenado a un cirujano, a un hospital privado, a una obra social y a varias aseguradoras a pagar más de 115 millones de pesos por daños y perjuicios derivados de una presunta mala praxis médica .

El caso involucró a una paciente de 29 años que, tras una cirugía de rodilla, denunció haber sufrido una lesión nerviosa que le ocasionó secuelas en la movilidad.

Según surge de la resolución firmada por los jueces de la Sala H, el hecho se remonta a mayo de 2021.

La reclamante fue sometida a una artroscopia compleja de rodilla izquierda por diagnóstico de luxación recidivante de rótula.

El procedimiento estuvo a cargo de un profesional de la salud en un hospital privado de la Ciudad de Buenos Aires.

De acuerdo con el expediente judicial, la paciente relató que, durante la operación, se le habría colocado un torniquete en la raíz del muslo, lo que le provocó un dolor intenso y, posteriormente, la imposibilidad de mover y sentir la pierna.

Tras varias consultas postoperatorias, la mujer buscó atención en otro centro médico, donde se confirmó una lesión en el nervio femoral izquierdo .

En primera instancia, el juzgado civil consideró probado que la intervención quirúrgica resultó en una lesión del nervio femoral y en una rigidez articular con limitación funcional.

El juez fundamentó su decisión en informes periciales, que vincularon la lesión con el uso del torniquete, habitual en intervenciones de este tipo, y concluyó que existió una compresión excesiva, ya sea en magnitud o tiempo, que generó el daño.

Por este motivo, la demanda prosperó contra todos los demandados, incluyendo al profesional, la obra social, el hospital y las aseguradoras .

Según el fallo de primera instancia, la suma concedida ascendía a 115.280.000 pesos, más intereses y costas , en concepto de incapacidad sobreviniente, daño moral y otros rubros indemnizatorios.

El juez también analizó la posibilidad de daño punitivo, aunque lo rechazó por entender que no se había acreditado una conducta especialmente reprochable por parte del profesional.

Tras la condena, tanto la parte reclamante como los demandados apelaron la decisión.

La paciente cuestionó los montos indemnizatorios, considerándolos insuficientes, y objetó el rechazo del daño punitivo.

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