Eventos en el Centro Histórico de Lima deberán terminar a la 01:00 AM: locales que incumplan podrán ser clausurados
La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) dispuso que los espectáculos públicos deportivos y no deportivos que se realicen en el Cercado y el Centro Histórico de Lima deberán terminar, como máximo, a la 01:00.
La medida forma parte de la Ordenanza N.° 2854, publicada este miércoles 16 de septiembre, que además fija multas de hasta 5 UIT y prevé la clausura temporal de predios que permitan actividades fuera del horario autorizado.
La ordenanza entrará en vigencia este jueves 17 de septiembre La norma modifica el artículo 15 de la Ordenanza N.° 2653 , que regula el procedimiento para autorizar espectáculos públicos en Lima Metropolitana y el Cercado de Lima.
El nuevo texto establece un límite para eventos deportivos, conciertos, ferias y otras actividades no deportivas que se desarrollen en ambas zonas de la capital peruana.
La disposición contempla una excepción.
La MML podrá extender el horario más allá de la 01:00 si evalúa que la naturaleza y el contenido del espectáculo lo justifican.
La norma no precisa los criterios que utilizará la comuna para aprobar o rechazar esas solicitudes.
El límite fijado por la ordenanza alcanza al Cercado de Lima y al Centro Histórico.
Fuera de esas áreas, las municipalidades distritales mantienen la facultad de establecer los horarios correspondientes dentro de sus jurisdicciones.
La ordenanza fue aprobada por el Concejo Metropolitano de Lima en una sesión ordinaria y promulgada el 10 de septiembre por el alcalde Renzo Reggiardo Barreto .
Su vigencia comenzará el jueves 17 de septiembre, un día después de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Los organizadores que excedan el horario recibirán una multa de 5 UIT El texto también modifica el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas aprobado mediante la Ordenanza N.° 2200.
En particular, actualiza el código 04-0117, referido al incumplimiento del horario autorizado para la realización de un evento, feria o espectáculo público deportivo o no deportivo.
La infracción será sancionada con una multa de 5 UIT (S/27.500 para 2026) y con la cancelación de la autorización otorgada para la actividad.
5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.infobae.com — el contenido pertenece a Infobae.