Costa Rica avanza con nueva tarifa para radio y televisión: Asamblea Legislativa aprueba canon de hasta 7.73% sobre ingresos
La Asamblea Legislativa de Costa Rica aprobó en primer debate, el expediente 24,461 , una reforma que actualiza el monto que las empresas de radio y televisión deberán pagar al Estado por utilizar frecuencias del espectro radioeléctrico.
El proyecto, presentado originalmente en 2024 durante la administración del entonces presidente Rodrigo Chaves , modifica parcialmente la Ley de Radio y la Ley General de Telecomunicaciones y propone sustituir el sistema de montos nominales vigente desde hace más de siete décadas por un esquema de tarifas progresivas calculadas sobre los ingresos brutos anuales relacionados con el aprovechamiento de las frecuencias concesionadas .
La iniciativa recibió 48 votos a favor y tres en contra .
Se opusieron Claudia Dobles Camargo , de la Coalición Agenda Ciudadana (CAC) ; Abril Gordienko López , del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) ; y Salvador Padilla Villanueva , del Partido Liberación Nacional (PLN) .
Otras seis diputaciones estuvieron ausentes.
No es la primera vez que el proyecto supera el primer debate.
El 27 de julio ya había recibido aval legislativo, pero posteriormente el Plenario dejó sin efecto aquella votación y retrotrajo el expediente para incorporar modificaciones mediante un texto sustitutivo.
La reforma quedó ahora pendiente de una segunda votación en el Plenario , prevista para el próximo martes.
Si recibe el aval definitivo, todavía deberá pasar por la sanción del Poder Ejecutivo y su publicación en el diario oficial La Gaceta antes de convertirse en ley.
Así funcionaría el nuevo cobro Uno de los principales cambios consiste en abandonar las tarifas establecidas en la legislación de 1954 , que actualmente contemplan pagos que, dependiendo del tipo y potencia de la estación, pueden oscilar entre apenas ₡100 (aproximadamente USD 0,22) y ₡3,000 (aproximadamente USD 6,56) anuales .
El nuevo esquema se calcularía por tramos.
Los concesionarios cuyos ingresos brutos anuales asociados al uso de la frecuencia no superen los 130 salarios de referencia quedarían exentos.
El texto utiliza como referencia un monto de ₡470,401 (aproximadamente USD 1,029) , por lo que ese primer límite equivaldría aproximadamente a ₡61.15 millones (USD 133,800) anuales .
Entre los 130 y 216 salarios de referencia , equivalentes a ingresos de entre aproximadamente ₡61.15 millones (USD 133,800) y ₡101.61 millones (USD 222,300) , las radioemisoras pagarían un 1.51% sobre el tramo correspondiente, mientras las televisoras cancelarían un 4.39% .
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