Inocencia Fiscal II: qué cambia para quienes quieren usar los dólares del colchón para comprar una propiedad
El Senado sancionó la ley de Inocencia Fiscal II , una iniciativa que busca corregir algunas de las limitaciones que tuvo el régimen original e incentivar el uso de los denominados “dólares del colchón ”.
El texto fue aprobado por 44 votos a favor y 23 en contra .
Ahora resta su promulgación, publicación en el Boletín Oficial y la reglamentación necesaria para su implementación.
En ese contexto, es relevante analizar qué cambia respecto de la primera ley de Inocencia Fiscal —vigente desde comienzos de 2026— y qué impacto podría tener sobre el mercado inmobiliario .
Un dato clave es que algunas de las protecciones incorporadas por el nuevo régimen para la utilización de fondos tienen como fecha límite el 31 de diciembre de 2027 .
Es decir, los fondos no invertidos hasta esa fecha no gozarán de los beneficios de la norma La ley original “tenía muchas falencias”, explica Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios .
Dirigido a personas humanas y sucesiones indivisas, el esquema buscaba la simplificación fiscal .
Sin embargo, su implementación dejó algunos puntos sin resolver que eran importantes para las personas que querían utilizar ahorros no declarados en operaciones de montos elevados, como la compra de una propiedad.
Construyen un edificio de US$100 millones en el primer terreno vendido del “Silicon Valley porteño” Impacto directo en la compra de propiedades Al analizar los cambios que se realizaron sobre la ley anterior, Domínguez remarca algunos puntos que se relacionan de manera directa con el real estate: 1.
Fin al reclamo retroactivo de Bienes Personales en la compra de inmuebles Bajo el régimen actual de Inocencia Fiscal, si una persona utiliza dólares no declarados para comprar un inmueble, y cumple con las condiciones del régimen, ARCA está limitada a exigir el Impuesto a las Ganancias por el origen de esos fondos.
Pero el organismo fiscal puede argumentar que esos dólares ya estaban en la posesión del contribuyente al 31 de diciembre del período fiscal anterior, o incluso de otros períodos fiscales.
Por lo tanto, puede exigir el pago retroactivo del Impuesto sobre los Bienes Personales por el pasado.
Para solucionar este problema, Inocencia Fiscal II -la nueva ley- introduce “una ficción legal” .
Es decir que establece que los fondos utilizados se consideran incorporados como bienes al patrimonio del contribuyente el mismo día en que se efectúa la compra .
5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.lanacion.com.ar — el contenido pertenece a La Nación.