Menos participación ciudadana: el Gobierno modificó el proceso de los jueces que quieren seguir en el cargo después de los 75 años
El Gobierno oficializó esta semana el reglamento para el nombramiento de jueces que superen los 75 años , a través de la Resolución 384/2026 , firmada por el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques.
Se publicó el miércoles en el Boletín Oficial.
La nueva reglamentación, que deja sin efecto la anterior de Mariano Cúneo Libarona, exige que los magistrados que quieran seguir en funciones presenten algunos requisitos más.
Pero, como modificación troncal, barre de la parte administrativa , previa al envío del pliego, a una serie de organizaciones que estaban autorizadas a presentar objeciones o comentarios sobre el postulante.
La resolución centraliza esa parte del trámite solo en el Ministerio de Justicia.
Fuentes de la Casa Rosada alegaron que la nueva normativa para los magistrados de más de 75 años va en línea con el Decreto 467/2026 , publicado el 16 de junio, que eliminó instancias de participación ciudadana también para el proceso de selección de integrantes de la Corte Suprema, la Procuración General y la Defensoría General de la Nación.
El Gobierno argumentó que esta etapa previa duplicaba el proceso, porque la participación ciudadana se mantiene vigente luego en el Senado .
En el caso de los magistrados de más de 75 años, fuentes oficiales alegaron exactamente lo mismo.
En la Argentina, los jueces y magistrados del Ministerio Público que alcancen los 75 años y quieran seguir en funciones deben conseguir un nuevo nombramiento por parte del Poder Ejecutivo, que después remitirá nuevamente su nombre al Senado para que preste acuerdo.
En ese procedimiento, antes los requirentes debían presentar sus antecedentes profesionales, la declaración jurada patrimonial y un certificado expedido por el Consejo de la Magistratura o por los Tribunales de Enjuiciamiento, que informara si el postulante a continuar en el cargo tenía sanciones disciplinarias y si existían solicitudes de jury de enjuiciamiento o de remoción del cargo en trámite en su contra.
Ahora, a eso tendrán que sumar el DNI, el título universitario y el currículum vitae que contenga los antecedentes profesionales del magistrado.
Además, el Ministerio de Justicia deberá solicitar a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero ( ARCA ) que, preservando el secreto fiscal, elabore dentro de los cinco días de recibida la solicitud un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones impositivas y previsionales del magistrado.
Esto se determinó de igual manera en el Decreto 467 para los postulantes a la Corte, la Procuración y la Defensoría General.
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