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Libertad provisional para el conductor fugado tras el atropello mortal de un militar en la A-4

Infobae ·
Libertad provisional para el conductor fugado tras el atropello mortal de un militar en la A-4

La plaza número 3 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Carmona (Sevilla), en funciones de guardia, ha acordado este pasado miércoles la puesta en libertad provisional sin medidas cautelares del conductor detenido por el atropello mortal sucedido el pasado 18 de agosto en la autovía A-4 a la altura de Carmona (Sevilla), y que se saldó con la muerte de un militar que se dirigía a la base de Tablada cuando paró a cambiar una rueda.

Según han confirmado fuentes oficiales del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), inicialmente, se investigan presuntos delitos de homicidio imprudente y omisión del deber de socorro.

Además, han detallado que, durante su comparecencia en sede judicial, el detenido se ha acogido a su derecho constitucional a no declarar.

No obstante, el TSJA ha indicado que el procedimiento lo investigará la plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Carmona, que se encontraba de guardia cuando ocurrieron los hechos.

Este pasado miércoles, 26 de agosto, el Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico de la Unidad de Investigación de Seguridad Vial del Sector de Tráfico de Andalucía junto al Equipo de Siniestros Viales del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Sevilla detuvo al autor de los hechos.

Según detalló el Instituto Armado, tras el estudio y análisis de los escasos restos hallados en el lugar del accidente, los agentes identificaron la marca y el modelo del vehículo implicado, lo que les sirvió para localización del vehículo relacionado con el siniestro vial, el cual presentaba daños compatibles con el atropello mortal del peatón.

Asimismo, se constató que el detenido conducía el vehículo durante el acontecimiento, por lo que fue puesto a disposición judicial como presunto autor de los delitos de homicidio por imprudencia y de abandono del lugar del accidente, recogidos en los artículos 142 y 382 del Código Penal respectivamente, y para lo que se contemplaba unas penas de prisión de uno a cuatro años y privación del derecho a conducir de uno a seis años para el primero, y de prisión de seis meses a cuatro años y prohibición de derecho de conducir por un periodo de uno a cuatro años para el segundo.

En este sentido, la benemérita ha indicado que el abandono del lugar en un siniestro, además de constituir un delito, supone una conducta "especialmente grave", al dejar desamparados a víctimas y dificultar la atención inmediata, al mismo tiempo que todo conductor implicado en un siniestro vial tiene la obligación legal de detenerse, permanecer en el lugar y colaborar con los servicios de emergencia y con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

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