Una casa quedó a medio hacer por graves fallas de construcción y la Justicia condenó a los arquitectos a pagar $78 millones
En la ciudad de La Plata, la Cámara Segunda de Apelación en lo Civil y Comercial modificó un fallo previo y dispuso un resarcimiento millonario por daños y perjuicios contractuales en una obra de vivienda .
El reclamo se originó tras la frustrada construcción de una casa multifamiliar, cuya ejecución fue calificada como defectuosa y peligrosa.
El caso se centró en la demanda presentada contra dos arquitectos y una compañía aseguradora, después de que la parte reclamante contratara la edificación de una vivienda en un terreno propio.
El contrato contemplaba la realización del proyecto, el empadronamiento y la dirección ejecutiva de la obra, pero el proceso constructivo quedó interrumpido al alcanzar solo un cuarto de su avance previsto.
Los informes técnicos incorporados en el expediente revelaron fallas graves en la estructura, lo que llevó a calificar la obra como inservible y riesgosa .
Según los peritos ingenieros intervinientes, la única solución viable era la demolición total de lo construido.
Las pericias detallaron defectos estructurales en columnas, vigas y mampostería, generando un riesgo cierto de derrumbe.
En el proceso judicial, la parte reclamante —integrada por una madre y sus dos hijos— argumentó que el fallo de primera instancia limitaba la reparación al aceptar una reconstrucción parcial, en vez de contemplar la totalidad de la obra originalmente contratada.
Además, reclamó la actualización de los montos indemnizatorios conforme al incremento de los costos de la construcción, así como el reconocimiento de honorarios profesionales, gastos bancarios e hipotecarios asociados al crédito obtenido para la obra.
La sentencia de primera instancia había hecho lugar a la demanda y condenado a los arquitectos y a la aseguradora a abonar una suma superior a 70 millones de pesos, con intereses y costas .
Esa decisión fue apelada tanto por la parte reclamante, que cuestionó el alcance y monto de la indemnización, como por los arquitectos y la aseguradora, quienes objetaron la responsabilidad asignada y la magnitud de los valores fijados.
Durante la revisión, la Sala III de la Cámara analizó la responsabilidad profesional de los arquitectos.
Se concluyó que, pese a que la ejecución material de la obra fue tercerizada y contratada con un constructor independiente, los profesionales no cumplieron adecuadamente sus deberes de control y supervisión.
El tribunal entendió que la negligencia en la dirección ejecutiva permitió la acumulación de errores graves desde el inicio del proyecto .
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