Le habían otorgado $45 millones por lesionarse durante una evacuación del tren Sarmiento, pero la Cámara revocó el fallo y la hizo pagar los gastos
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó una condena millonaria que había ordenado el pago de una indemnización a una pasajera de tren .
El caso se originó tras un incidente ocurrido el 21 de octubre de 2020, en la línea Sarmiento, cuando una usuaria denunció lesiones sufridas durante una evacuación de emergencia, luego de que un tren arrollara a un motociclista a la altura de la barrera Santa Rosa, en la provincia de Buenos Aires.
Según los hechos presentados ante la Justicia, la reclamante relató que, junto a su hijo, abordó el tren en la estación Merlo con dirección a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Luego de cruzar la estación Ituzaingó, la formación se detuvo a raíz de un accidente en el que otro tren, que circulaba en sentido contrario, atropelló a un motociclista.
El siniestro impidió la circulación de ambas formaciones.
La usuaria —de 53 años en ese momento— sostuvo que, minutos después, personal ferroviario ordenó a los pasajeros abandonar el tren por las puertas del vagón, sin proveer asistencia ni colocar la escalera de emergencia.
Según la versión presentada en la demanda, el descenso implicaba una altura aproximada de 1,50 metros hasta el balasto que cubre las vías.
Afirmó que, al saltar desde esa altura, sufrió una fractura en el pie izquierdo, lesión que luego fue confirmada en estudios médicos .
La reclamante aportó un video que, según su testimonio, mostraba la distancia entre el vagón y el suelo, la ausencia de la escalera y a otros pasajeros descendiendo de manera similar.
Además, describió que, tras la caída, permaneció en el suelo hasta recibir ayuda de su hijo, una amiga y otros viajeros, quienes la asistieron para llegar a la estación Castelar, donde fue atendida por personal de salud.
La empresa ferroviaria demandada negó los hechos, la condición de pasajera y la existencia de un accidente en los términos alegados.
También planteó que el descenso no fue forzado, que existía la posibilidad de no bajar de inmediato y que la decisión de saltar constituyó un riesgo asumido por la propia viajera.
Destacó que las formaciones cuentan con escalera reglamentaria y cuestionó el valor probatorio de los videos aportados por la reclamante.
El fallo de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a la operadora ferroviaria al pago de $45.200.000, más intereses y costas .
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