Multas por Ganancias: cómo evitar el pago automático de ARCA y que hacer al recibir una
Este mes en la agenda impositiva por el vencimiento de la declaración jurada de Ganancias de personas humanas y el cronograma de IVA, que corren en simultáneo bajo un régimen de multas automáticas .
La Ley de Inocencia Fiscal modificó el artículo 38 de la Ley 11.683 y elevó los montos de las sanciones por no presentar en término, al punto de que un contribuyente que incumpla todas las obligaciones del mes puede acumular multas por hasta $ 2.500.000.
El mecanismo que dispara estos montos es la multa automática prevista en el artículo 38 de la Ley 11.683 de Procedimiento Tributario , modificado por esa norma.
A diferencia de otras sanciones tributarias, esta no requiere que ARCA inicie un sumario previo ni que exista un impuesto determinado a pagar.
Lo que se castiga es el incumplimiento formal de no presentar la declaración jurada en el plazo establecido, aunque el resultado de esa declaración sea sin saldo a pagar o incluso a favor del contribuyente.
Cuánto cuesta no presentar la declaración jurada a tiempo a tiempo Los valores vigentes surgen de la Instrucción General ARCA 2/2026 , publicada el 8 de febrero de este año, que reglamentó la aplicación concreta del artículo 38 .
Para personas humanas y sucesiones indivisas, la multa automática asciende a $ 220.000 .
Para sociedades, asociaciones y cualquier tipo de entidad constituida en el país, así como para establecimientos organizados como empresa estable, el monto se eleva a $ 440.000 .
Estos importes representan un salto pronunciado respecto de los valores que regían antes de la reforma.
Tributaristas coincidieron en que el aumento superó ampliamente el 100% en términos porcentuales frente al esquema anterior, lo que dejó a autónomos, monotributistas y pymes expuestos a sanciones ampliamente superiores a las que estaban acostumbrados a enfrentar por un simple atraso administrativo.
La multa se configura de manera prácticamente inmediata.
Según explicó Noelia Girardi , gerente de Impuestos en Lisicki, Litvin & Abelovich, en el caso de declaraciones juradas determinativas como IVA o Ganancias, una vez vencido el plazo de presentación, si el contribuyente no cumplió, al día siguiente ya figura en el sistema la multa configurada, ya sea por 220.000 o por 440.000 pesos según corresponda.
La especialista agregó que, además de visualizarse en el sistema del organismo, al contribuyente le llega una notificación a su Domicilio Fiscal Electrónico informándole el monto , sin que exista un plazo de espera previo ni una graduación según la gravedad del atraso.
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