Angie Rodríguez puso tutela para volver al Fondo Adaptación y esto le respondió juzgado laboral de Bogotá
El Juzgado 54 Laboral de Bogotá declaró improcedente la tutela con la que Angie Rodríguez buscaba su reintegro a la gerencia del Fondo Adaptación, al concluir que ese mecanismo no era la vía para controvertir su salida y que no había pruebas suficientes para establecer que su condición de salud hubiera sido la causa determinante de la declaratoria de insubsistencia.
Uno de los elementos que pesó en el análisis fue la situación económica de la exfuncionaria.
Según información citada por Semana , el Fondo Adaptación reportó que Rodríguez devengaba $59.219.043 mensuales, una suma que el juez consideró muy superior al promedio nacional y suficiente para descartar , en principio, una afectación al mínimo vital que hiciera ineficaz la vía ordinaria.
La decisión judicial mantiene en firme la salida de Angie Lizeth Rodríguez Fajardo, exdirectora del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Dapre, que había demandado a la Presidencia de la República y al Ministerio de Hacienda y Crédito Público tras la expedición del decreto que dejó sin efecto su nombramiento como gerente de la entidad.
Rodríguez había alegado que con esa decisión se vulneraron sus derechos al trabajo, al debido proceso, a la estabilidad laboral reforzada , a la salud, a la dignidad humana y a la igualdad.
También sostuvo, por medio de su apoderado, que su retiro habría tenido un componente discriminatorio vinculado con su estado médico.
La exfuncionaria pidió ser reintegrada de manera transitoria a la gerencia del Fondo Adaptación o a un cargo de igual o superior categoría.
También solicitó que se garantizara la continuidad de su afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud y el acceso al tratamiento especializado que requiriera.
El despacho respondió que la tutela no estaba llamada a prosperar frente a la pretensión de reintegro porque no se acreditaban los supuestos excepcionales que permitirían desplazar al juez contencioso administrativo.
En el fallo de 22 páginas el juez sostuvo: “La hermenéutica sobre si la insubsistencia obedeció a la pérdida de confianza política/funcional o a un motivo discriminatorio ligado a la salud, constituye un típico debate de desviación de poder que exige un despliegue probatorio amplio”.
Ese razonamiento se apoyó además en la naturaleza del cargo.
La gerencia del Fondo Adaptación es un empleo de libre nombramiento y remoción, por lo que el Presidente de la República tiene facultad discrecional para disponer el retiro de quien ejerce esa función.
El juzgado también examinó si existía una afectación autónoma al derecho a la salud.
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