Alerta por El Niño: Santa Fe declaró la emergencia hídrica en toda la provincia hasta abril de 2027
El gobernador de Santa Fe , Maximiliano Pullaro , declaró la Emergencia Hídrica en la totalidad del territorio provincial hasta el 30 de abril de 2027 mediante un decreto por el fenómeno de El Niño .
La norma se apoya en la Ley N° 14477, sancionada por la Legislatura provincial en el transcurso de agosto.
El proyecto apunta a contrarrestar los efectos que puede tener el fenómeno meteorológico, como inundaciones o fuertes tormentas en diferentes zonas del territorio santafecino.
Según su texto, la declaración tiene como propósito “agilizar y facilitar la concreción de obras, construcciones, utilización de predios particulares y todo tipo de trabajos públicos que tengan como fin preparar, aliviar y mitigar los efectos y daños que puedan provocarse por los excesos hídricos en todo el territorio provincial”.
El trasfondo climático es el que explica, en gran medida, la urgencia de la medida.
El Servicio Meteorológico Nacional (SMN) pronosticó el desarrollo del fenómeno climático “El Niño” , al que asoció con un régimen de precipitaciones superior a los valores históricos normales.
Ese escenario proyecta un riesgo concreto de anegamientos, crecidas y excesos hídricos en distintas zonas del territorio santafesino.
La declaración de emergencia también comprende las situaciones de emergencia ambiental que se deriven del problema hídrico y que el Poder Ejecutivo provincial identifique como tales, según establece la propia ley.
Frente a ese panorama, el decreto define un esquema operativo para que el Estado provincial pueda actuar con celeridad.
En ese marco, según consta en el primer artículo, todas las contrataciones de bienes y servicios necesarias para la atención, prevención y mitigación de la crisis quedarán regidas por dos mecanismos como la licitación acelerada y la contratación directa .
Así, se busca dar velocidad a las adquisiciones sin resignar los estándares de transparencia, concurrencia y razonabilidad de precios que la normativa exige.
La aplicación de esas reglas de contratación alcanza a todos los órganos centralizados y descentralizados de la provincia que tengan competencia en la ejecución de medidas vinculadas a la emergencia declarada.
No se trata, entonces, de una autorización restringida a un ministerio o repartición, sino de un esquema transversal que abarca al conjunto de la administración pública santafesina con atribuciones sobre la materia.
En paralelo al esquema de compras, el decreto instrumenta la operatividad del “Fondo de Emergencia Hídrica” , una cuenta especial creada por el Artículo 14 de la Ley N° 14477 y radicada en la órbita del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública.
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