Contaminación por ozono obliga a Fase 1 de Contingencia en el Valle de México, así queda el Hoy No Circula
12 Sep, 2026 06:39 p. m. EST Guardar La contaminación por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México alcanza niveles de Muy Mala calidad del aire este sábado 12 de septiembre, con 161 ppb registrados a las 15:00 horas en la estación Benito Juárez.
La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) activa la Fase 1 de contingencia ambiental, lo que impone restricciones a la circulación vehicular y a distintos sectores productivos para mañana domingo 13 de septiembre .
El Sistema de Monitoreo Atmosférico de la Ciudad de México detectó un sistema de alta presión sobre el centro del país . Esa condición genera estabilidad atmosférica durante el día y viento débil en superficie, factores que propician la acumulación de contaminantes y la formación de ozono.
A esa condición se suma radiación solar alta y continua hasta las primeras horas de la tarde. El campo de viento se orienta hacia la zona suroeste de la ZMVM , lo que ocasiona transporte persistente de precursores de ozono hacia esa parte del valle.
En la estación Centro de Ciencias de la Atmósfera , ubicada en la alcaldía Coyoacán, se registran 157 ppb , la segunda concentración más alta del día. Con esos niveles, la Comisión Ambiental de la Megalópolis determinó activar la Fase 1 con fundamento en los Programas para Prevenir y Responder a Contingencias Ambientales Atmosféricas de la Ciudad de México y del Estado de México.
Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas , salvo los que participan en el Programa de Autorregulación de la Ciudad de México o del Estado de México. Los taxis con holograma 00, 0, 1 o 2 sujetos a restricción por placa circulan de 10:00 a 22:00 horas, aunque pueden operar de 5:00 a 10:00 horas para apoyar la movilidad.
Quedan exentos los vehículos eléctricos e híbridos , los que porten matrícula ecológica, holograma exento, holograma 0 o 00 vigente con engomado distinto al rosa y placa diferente a 7 u 8. También están exentos los vehículos de emergencia médica, servicios urbanos, transporte escolar, servicios funerarios, transporte para personas con discapacidad y las motocicletas.
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