A un día de la marcha universitaria, la Justicia multó al Gobierno y Santilli deberá pagar $100.000 por día
Un día antes de la Quinta Marcha Universitaria Federal, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 11 dispuso multas para el Gobierno por el incumplimiento de la cautelar vinculada con la Ley de Financiamiento Universitario .
El juez Martín Cormick resolvió aplicar sanciones económicas diarias al titular de la Jefatura de Gabinete, Diego Santilli.
La sanción económica [astreintes] fueron fijadas inicialmente en $100.000 por día , aunque la resolución aclara que tanto el monto como los funcionarios alcanzados podrán modificarse en etapas posteriores.
Según el fallo al que accedió LA NACION, la medida se adoptó “ atento el incumplimiento verificado ” y en cumplimiento del apercibimiento dispuesto previamente.
De esta manera, la Justicia federal intima formalmente a la administración nacional a acatar la cautelar que había sido ratificada por la Corte Suprema.
A fines de septiembre, el magistrado ya había concluido que el Estado no acreditó el cumplimiento pleno de la medida cautelar vigente , que obliga a actualizar salarios y becas universitarias, y había fijado un plazo máximo de cinco días para hacerlo.
Según estimaciones del sistema universitario, esto implicaría una recomposición salarial cercana al 33%.
Cormick señaló, además, que la decisión se adopta “en concordancia” con lo resuelto en la causa principal.
La semana pasada, el juez declaró la inconstitucionalidad del tramo del Decreto N.º 759/2025 mediante el cual el Gobierno frenó la ejecución de la Ley de Financiamiento Universitario, aprobada por el Congreso y ratificada luego del rechazo al veto presidencial del año pasado.
El gobierno de Javier Milei había promulgado formalmente la ley , pero no avanzó con su aplicación.
Al igual que ocurrió con la Ley de Emergencia en Discapacidad, argumentó que el Congreso había dispuesto actualizaciones salariales y presupuestarias sin especificar las partidas concretas de las que debían surgir los recursos y que, por lo tanto, incumplía la Ley de Administración Financiera.
El magistrado consideró que esa estrategia funcionó como un “mecanismo extraconstitucional” y una instancia de veto no prevista en la Constitución Nacional.
Además, remarcó que el artículo 9 de la propia ley universitaria otorgaba herramientas suficientes para que el Poder Ejecutivo reasignara los créditos necesarios para cumplirla.
El Gobierno apeló y el magistrado concedió el recurso , por lo que quedó suspendida la sentencia que había declarado la inconstitucionalidad del decreto.
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