La justicia europea confirma que Microsoft no deberá cumplir reglas digitales más estrictas por su navegador Edge
El Tribunal General de la Unión Europea ha avalado la decisión de la Comisión Europea de no someter a Microsoft a las obligaciones más estrictas de la Ley de Mercados Digitales (DMA) por su navegador Edge.
La justicia europea concluyó que, aunque el servicio cumple algunos de los umbrales cuantitativos previstos por la normativa, no constituye una puerta de acceso lo suficientemente importante como para designar a la compañía como gatekeeper en relación con este producto.
La resolución rechaza el recurso presentado por Opera Norway, empresa propietaria del navegador Opera, contra la decisión adoptada por la Comisión Europea el 12 de febrero de 2024.
Con este fallo, Edge queda fuera de un régimen regulatorio que sí afecta a otros grandes servicios digitales considerados esenciales para conectar a empresas con usuarios.
La justicia europea respalda la exclusión de Edge como gatekeeper La Ley de Mercados Digitales establece una serie de criterios para identificar a las grandes plataformas que actúan como guardianes de acceso dentro del ecosistema digital.
Las empresas que reciben esta designación deben cumplir obligaciones adicionales destinadas a reforzar la competencia y limitar posibles abusos derivados de su posición en el mercado.
Entre otras medidas, las compañías consideradas gatekeepers deben facilitar la desinstalación de determinadas aplicaciones preinstaladas , mejorar la interoperabilidad con servicios de terceros y cumplir restricciones sobre el uso de los datos de los usuarios para la publicidad personalizada.
En el caso de Edge, sin embargo, el Tribunal General consideró que la Comisión Europea evaluó correctamente las circunstancias específicas del navegador.
Uno de los elementos principales fue su escala de uso en comparación con otros servicios similares.
La cuota de uso fue uno de los factores decisivos Los magistrados respaldaron el argumento de la Comisión según el cual la cuota de utilización de Edge resulta relevante para determinar si el navegador representa realmente una puerta de acceso importante entre los usuarios profesionales y los consumidores finales.
Aunque Microsoft pueda alcanzar determinados umbrales cuantitativos establecidos por la DMA, la legislación permite a las empresas presentar argumentos para demostrar que, en la práctica, su servicio no tiene la importancia necesaria para recibir la designación de gatekeeper .
El Tribunal concluyó que Microsoft aportó elementos suficientes para justificar esta excepción .
En particular, destacó la reducida escala de uso de Edge frente a otros navegadores, un factor que limita su influencia efectiva como punto de entrada al mercado digital.
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