Propaganda Política y Franja Electoral: Reglas fijadas por el JNE y la ONPE
El domingo 4 de octubre, más de 26 millones de ciudadanos peruanos acudirán a las urnas para votar en las Elecciones Regionales y Municipales 2026.
Según las cifras oficiales del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), la jornada permitirá elegir 13.148 autoridades subnacionales para el período gubernamental 2027-2030.
La elección abarca 25 gobernadores y vicegobernadores regionales, consejeros regionales, alcaldes y regidores de 196 provincias y más de 1.800 distritos.
En este contexto, las reglas sobre propaganda electoral buscan regular la difusión de mensajes de campaña, preservar el orden público y garantizar condiciones equitativas para las agrupaciones políticas.
Horarios y lugares permitidos para la colocación de paneles y afiches políticos La normativa electoral, administrada por el JNE en coordinación con las ordenanzas municipales, establece reglas para la instalación de propaganda en espacios públicos.
Está prohibido utilizar locales de entidades públicas, centros educativos, iglesias o monumentos declarados patrimonio cultural para colocar afiches o pintar murales.
Los paneles publicitarios, banderolas y carteles solo pueden instalarse en predios privados con autorización expresa del propietario o en áreas urbanas delimitadas por los municipios.
Los mítines y caminatas en espacios abiertos también deben respetar los horarios fijados en cada ciudad.
Distribución del espacio en radio y televisión financiado mediante la Franja Electoral (ONPE) La ley prohíbe la contratación privada de publicidad electoral en radio y televisión.
La medida busca evitar el ingreso de fondos de origen ilícito y asegurar un acceso equitativo de las organizaciones políticas a los medios.
La ONPE administra y financia la Franja Electoral mediante fondos públicos asignados a los partidos y movimientos regionales inscritos.
Cada organización utiliza el presupuesto adjudicado a través de un catálogo oficial de medios proveedores.
El sistema contempla espacios en radio y televisión para que las candidaturas difundan sus propuestas programáticas.
Retiro obligatorio de propaganda política antes de las elecciones por el JNE La Ley Orgánica de Elecciones establece un “periodo de silencio electoral” desde 48 horas antes de la jornada de votación.
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