Cómo funciona el voto por correo: quién lo recibe y quién lo custodia hasta que llega a las urnas
El fantasma del pucherazo en el voto por correo ha vuelto a agitar la política a las puertas de unas elecciones en España.
La teoría conspirativa, que el agitador Alvise Pérez ya difundió en las últimas elecciones europeas y que ahora replican dirigentes del Partido Popular y Vox, cuestiona sin pruebas la fiabilidad de esta modalidad de sufragio.
Como suele ocurrir con esta clase de discursos, todo parte de bulos que se viralizan en las redes sociales, pese a las garantías que los expertos atribuyen al sistema.
En Infobae te explicamos cómo funciona.
La norma electoral y las instrucciones de la Junta Electoral Central establecen controles desde la petición de la documentación hasta el recuento.
La solicitud para votar por correo puede presentarse hasta el décimo día anterior a la votación, según dicta la Ley Orgánica del Régimen Electoral General: es decir, el 19 de noviembre .
Una vez solicitado, la Oficina del Censo Electoral comprueba la inscripción , registra su petición y le remite por correo certificado las papeletas, los sobres y el certificado censal.
Y no, no podrás votar presencialmente después.
La anotación en el censo impide al elector votar presencialmente en su mesa, incluso si finalmente no llega a enviar el sobre.
Hasta tres veces hay que mostrar el DNI Desde el 10 de junio de 2023 , quien entrega su voto en una oficina postal debe identificarse ante el personal de Correos con su DNI hasta en tres ocasiones.
La Instrucción 5/2023 de la Junta Electoral Central ordena comprobar la identidad del votante y tramitar la documentación como correo certificado dirigido a la mesa electoral correspondiente.
Antes de esa instrucción, la identificación era obligatoria al solicitar el voto y al recibir la documentación, pero no en el momento de depositar el sobre, lo que abría la puerta al fraude.
Hay que recordar que, si el elector no puede acudir personalmente a la oficina, puede autorizar a otra persona mediante un escrito firmado y una fotocopia de su documento oficial de identidad.
Los sobres recogidos en buzones no son válidos para votar.
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