La protección laboral de las mujeres embarazadas alcanza también a los empleos temporarios, según determinó la Corte de Mendoza
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza declaró ilegítima la baja laboral de una agente embarazada en la Municipalidad de San Rafael y ordenó al municipio el pago de salarios atrasados y una indemnización por despido arbitrario .
La sentencia, aprobada a fines de agosto, obliga a la comuna a reconocer derechos laborales y de maternidad tras casi siete años y medio de vínculo ininterrumpido.
La decisión surge tras una extensa disputa iniciada en 2019, en el Palacio Municipal de San Rafael, cuando la agente fue desvinculada poco después de notificar su embarazo , que posteriormente terminó en una pérdida.
El fallo es relevante por su interpretación de la protección especial de maternidad y el alcance de la estabilidad laboral en casos de contratación temporaria.
Los argumentos de la agente La agente municipal inició acciones legales luego de recibir la Resolución Nº 449/2019, por la que se puso fin a su designación transitoria.
La trabajadora alegó haber comunicado formalmente su embarazo antes de la notificación oficial de su baja , apoyando su reclamo en un conjunto de certificados médicos que constan en el expediente.
Entre las fechas clave, la empleada sostuvo que presentó un certificado médico el 29 de julio de 2019 que detallaba un embarazo de tres meses y riesgo de aborto.
Ese mismo día, otro certificado médico prescribió reposo absoluto.
Dos días más tarde, el municipio le notificó su cese y, el mismo 1 de agosto de 2019, se acompañó documentación médica que detallaba la realización de un “legrado evacuador” por interrupción de un embarazo anembrionado.
La demanda se apoyó en el artículo 56 de la Ley Nº 5811 , que garantiza estabilidad laboral a la mujer embarazada desde la comunicación fehaciente de la condición, tanto para el personal permanente como transitorio.
La trabajadora reclamó los salarios de seis meses restantes de gestación, ocho meses de estabilidad laboral posparto, remuneraciones dejadas de percibir y una indemnización por despido arbitrario: 28 remuneraciones por todos los conceptos, con base en el último sueldo de julio de 2019 .
Entre sus fundamentos, la agente denunció discriminación y abuso de figuras contractuales temporarias utilizadas en forma recurrente desde 2012 para tareas administrativas permanentes.
Postura de la Municipalidad La Municipalidad de San Rafael rechazó los hechos narrados y negó que hubiera existido discriminación , fraude laboral o irregularidad en la contratación .
Reconoció la contratación temporaria en 2012, pero sostuvo que fue legal y ajustada a la Ley 5892 , argumentando la necesidad de servicios de carácter cíclico.
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