Caso Liceo Naval: ¿Por qué los menores de 16 años son inimputables, qué pasó con la ley que buscaba sancionarlos?
La decisión de internar preventivamente durante cuatro meses a seis adolescentes investigados por la presunta violación sexual de un estudiante de 16 años del Liceo Naval Almirante Guise volvió a poner en discusión los límites de la respuesta penal, disciplinaria y educativa frente a delitos atribuidos a menores de edad .
El hecho denunciado ocurrió el 15 de septiembre dentro de un bus que trasladaba a alumnos en San Borja .
El Tercer Juzgado de Familia de Lima ordenó que los seis investigados sean llevados al Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima, conocido como Maranguita.
La medida es preventiva, no equivale a una condena y busca asegurar la presencia de los adolescentes durante las diligencias de la Fiscalía de Familia.
Otros cuatro estudiantes que fueron retenidos al inicio quedaron en libertad, aunque ello no supone, por sí solo, que hayan sido excluidos de todas las actuaciones.
El caso exige distinguir dos planos que suelen mezclarse en el debate público.
Uno corresponde a la responsabilidad de los adolescentes ante una infracción a la ley penal.
El otro se refiere al deber de prevención, vigilancia y atención que recae sobre los adultos y sobre la institución educativa cuando los hechos presuntamente ocurren durante una actividad sometida a su control.
El sistema juvenil se aplica a todos los menores de 18 años En el Perú, los menores de 18 años no pueden ser procesados bajo el sistema penal ordinario previsto para adultos.
La regla no significa ausencia de consecuencias jurídicas.
Los adolescentes pueden ser investigados y recibir medidas socioeducativas conforme al Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, que contempla desde amonestaciones y orientación hasta el internamiento en un centro juvenil.
La diferencia es central para los investigados que tienen menos de 16 años.
Por su edad, no son imputables en la justicia penal ordinaria ni pueden recibir penas de prisión previstas en el Código Penal para personas adultas.
En cambio, el sistema especializado evalúa la edad, las circunstancias de los hechos, el nivel de participación atribuido y las condiciones personales de cada adolescente antes de resolver una medida.
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