Dólar tarjeta: ARCA todavía debe devoluciones millonarias de 2024 y 2025, ¿cómo hacer el reclamo?
A mediados de abril de 2025, el Gobierno quitó las restricciones cambiarias para las personas humanas.
En paralelo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) eliminó las percepciones impositivas para la compra de dólares, aunque mantuvo el recargo sobre otros consumos en moneda extranjera, como servicios de streaming, turismo y compras en el exterior .
Estas operaciones se abonan al dólar tarjeta , un tipo de cambio que surge de aplicar al dólar oficial una percepción del 30% a cuenta del impuesto a las Ganancias o sobre los Bienes Personales .
A través de un pedido de acceso a la información pública realizado por El Cronista el 14 de julio de 2026, cuya respuesta fue recibida el 26 de agosto, el organismo informó que el monto pendiente de devolución por percepciones correspondientes a 2024 y 2025 ascendía a $ 1596,5 millones .
Del total acumulado, $ 1227,7 millones corresponden a 2024 , lo que representa el 76,9%, mientras que los $ 368,7 millones restantes corresponden a 2025 , equivalentes al 23,1%.
AÑO IMPORTE ADEUDADO RG 4815 2024 $ 1.227.763.055,91 2025 $ 368.750.169,64 Total acumulado $ 1.596.513.225,55 El Cronista había realizado previamente otros dos pedidos de acceso a la información pública.
A fines de 2025, el monto pendiente de devolución ascendía a $ 1908,1 millones , mientras que a mediados de 2026 se había reducido a $ 1665,5 millones .
En cuanto a los montos efectivamente reintegrados por ARCA, el total acumulado entre 2024 y 2025 asciende a $ 215.567,3 millones .
De ese total, $ 115.541,5 millones corresponden a las devoluciones realizadas en 2024, mientras que $ 100.025,8 millones fueron reintegrados durante 2025.
AÑO IMPORTE PAGADO RG 4815 2024 $ 115.541.544.677,44 2025 $ 100.025.849.859,97 Total acumulado $ 215.567.394.537,41 Según el tipo de contribuyente y la operación, la percepción de Ganancias o Bienes Personales se mantiene para las compras de bienes y servicios en el exterior canceladas con tarjeta de crédito, débito u otros medios de pago equivalentes; la adquisición de servicios prestados por sujetos no residentes —como las plataformas de streaming— y la contratación de servicios turísticos o de transporte de pasajeros con destino al exterior .
Si a un contribuyente le aplican estas percepciones, pero no puede o no debe computarlas como pago a cuenta de Ganancias o Bienes Personales, la normativa lo habilita a iniciar un procedimiento para solicitar la devolución pertinente.
“El que pide la devolución se enfrenta a los controles de ARCA.
Se supone que debería abrir rápidamente una verificación y enviar un requerimiento para que la persona lo conteste y así agilizar el trámite.
5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.cronista.com — el contenido pertenece a El Cronista.