Habrá cambios en el examen obligatorio para obtener la licencia de conducción en Colombia: en qué consisten
A partir del 14 de septiembre de 2026, los colombianos que deseen obtener una licencia de conducción por primera vez o cambiar de categoría deberán enfrentar un nuevo requisito: la aprobación obligatoria de un examen teórico.
El Ministerio de Transporte formalizó la medida con la circular externa 20261010000277 y dispuso que este proceso será un filtro clave para mejorar la seguridad vial en el país.
El nuevo control no afectará a quienes únicamente deban renovar una licencia vigente .
En estos casos, el procedimiento de refrendación seguirá con sus condiciones habituales, sin añadir trámites adicionales ni pruebas teóricas.
Examen teórico: alcance y obligatoriedad La exigencia de la prueba teórica recae exclusivamente en dos grupos de conductores.
Por un lado, quienes aspiren a su licencia por primera vez, ya sea para motocicletas o automóviles.
Por otro, aquellos que tramiten la recategorización de su pase, como pasar de manejar vehículo particular a servicio público, o de motocicleta a automóvil, según detalla la normativa.
El Ministerio subraya que la prueba será obligatoria y aplicará para los conductores que soliciten por primera vez una licencia de conducción y para quienes necesiten recategorizarla.
Las autoridades deberán comprobar en el Registro Único Nacional de Tránsito (Runt) que el aspirante cuenta con el certificado de aprobación antes de continuar el trámite. ¿Cómo será el examen? La prueba se compone de 40 preguntas de selección múltiple.
Doce de ellas se enfocan en actitudes y comportamientos, mientras que las otras 28 abordan cuatro áreas temáticas: movilidad segura y sostenible, normas de tránsito, señalización e infraestructura, y conocimientos sobre el vehículo.
Para aprobar, el aspirante debe alcanzar al menos un 80% de aciertos en cada grupo de preguntas .
Las preguntas serán seleccionadas de forma aleatoria y adaptadas a la categoría de licencia solicitada.
El examen se realizará en los Centros de Apoyo Logístico de Evaluación (Cale), entidades habilitadas y supervisadas por la Superintendencia de Transporte.
Estos centros deberán informar de manera permanente sobre los servicios, tarifas, horarios a los usuarios, así como garantizar la transparencia y las condiciones técnicas exigidas por el Ministerio.
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