Ya es oficial la homologación de licencias entre El Salvador e Italia: ¿cuáles son los requisitos?
Desde el 25 de agosto está vigente el acuerdo entre El Salvador e Italia para el reconocimiento recíproco y la conversión de licencias de conducir no provisionales .
La medida permite que los ciudadanos que fijen residencia en cualquiera de los dos países sustituyan su documento por uno local, bajo condiciones definidas y, en la mayoría de los casos, sin exámenes teóricos ni prácticos.
El convenio busca facilitar la movilidad de los conductores salvadoreños en Italia y de los italianos en El Salvador, además de eliminar una barrera para quienes requieren un vehículo como parte de su empleo.
La conversión permite que los beneficiarios conduzcan con un permiso reconocido por las autoridades del país donde viven.
El acuerdo fue suscrito en Roma el 19 de junio de 2026 y fue publicado en el Diario Oficial salvadoreño del 17 de agosto.
Su aplicación abarca licencias vigentes, definitivas y emitidas antes de que el titular adquiriera la residencia en el otro país . ¿Quiénes pueden solicitar la conversión? El beneficio está dirigido a personas con licencias de conducir no provisionales y válidas, expedidas por las autoridades competentes de El Salvador o de Italia.
El titular debe haber establecido su residencia en el territorio de la otra parte para iniciar el trámite.
Las reglas fijan un límite de tiempo.
La licencia original deja de ser válida para conducir en el país de residencia un año después de que la persona fijó su residencia .
A partir de ese momento, el conductor deberá contar con la licencia local o completar el proceso que corresponda según la legislación interna.
El convenio contempla la conversión sin pruebas de conducción en los siguientes casos: Un salvadoreño que reside en Italia puede convertir su licencia sin rendir exámenes si lleva menos de seis años de residencia en ese país.
Un italiano que reside en El Salvador puede hacer el mismo trámite sin exámenes si lleva menos de seis años de residencia en territorio salvadoreño.
Quienes acumulen seis años o más de residencia en el país receptor no podrán acogerse a este acuerdo para realizar la conversión sin pruebas.
Las autoridades podrán exigir un certificado médico para comprobar que el solicitante cumple con las condiciones psicofísicas requeridas para conducir los vehículos de la categoría solicitada.
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