Anularon la resolución que dispuso el cambio de escuela y tratamiento psicoterapéutico de la acusada por el crimen de Cecilia Lazcano
El Tribunal de Revisión en lo Criminal de Corrientes anuló este miércoles la medida de coerción que había fijado la residencia, la escolarización y el tratamiento psicoterapéutico para N.Y.L. , la adolescente de 17 años acusada como coautora del espeluznante crimen de Cecilia Lazcano en Alvear.
La decisión dejó sin efecto la resolución que la jueza de Garantías subrogante Claudia Luco Montero había dictado el 28 de agosto.
Esa medida establecía que la imputada quedara bajo el cuidado de su madre en un domicilio de Santo Tomé (a unos 90 kilómetros de Alvear), que asistiera a una escuela de esa ciudad y que iniciara un tratamiento psicoterapéutico, además de prohibirle el ingreso a Alvear.
El abogado querellante Juan Eduardo Saucedo , quien representa a los padres de la víctima, impugnó la resolución y reclamó que se revisara el rechazo al pedido de prisión preventiva .
El planteo llegó así al Tribunal de Revisión, integrado por los jueces Diego Roberto Núñez Hüel, Karina Elizabeth Asselborn y Mario Alberto Alegre .
Según el fallo, al que accedió Infobae , los magistrados concluyeron que la resolución de Luco Montero “carece absolutamente de fundamentación suficiente” .
Al expedirse, los jueces cuestionaron que su colega hubiera descartado los riesgos de fuga y de entorpecimiento de la investigación sin analizar las circunstancias particulares del expediente ni los argumentos de la querella.
Hay que recordar que Luco Montero había sostenido durante la audiencia que la detención era una medida excepcional y que la adolescente contaba con arraigo, un lugar donde residir y disposición para colaborar con la investigación .
También valoró que permaneciera en Santo Tomé, sin posibilidades de regresar a Alvear, y que recibiera atención psicológica.
Para el Tribunal de Revisión, esa explicación no alcanzó.
Los jueces señalaron que la resolución no detalló los motivos por los cuales aceptó la postura de la Fiscalía, la Defensa y la Asesoría de Menores , ni explicó por qué rechazó el planteo de la querella.
“No expone el razonamiento lógico que le permite arribar a la conclusión” , indicaron los magistrados al analizar la decisión.
Asimismo, remarcaron que las resoluciones judiciales deben expresar los fundamentos de hecho y de derecho que las sostienen, ya que esa exigencia permite a las partes impugnar una medida y a los tribunales superiores revisar su legalidad.
“Si un juez no explica por qué toma una decisión, las partes no pueden saber si se aplicó el derecho correctamente”, resumieron.
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