Millones de trabajadores en Colombia podrían recibir más dinero cuando les demoren el pago del salario: hay una nueva condición
La indemnización moratoria laboral en Colombia es una compensación económica que el empleador debe pagar al trabajador cuando termina el contrato de trabajo y no le paga a tiempo los salarios y las prestaciones sociales que le debe.
Equivale, por regla general, a un día de salario por cada día de retraso.
Esta ya no se pierde de forma automática cuando el trabajador demanda después de los primeros 24 meses de mora en el pago de salarios y prestaciones sociales.
El cambio lo fijó la Corte Suprema de Justicia en la sentencia SL913-2026, proferida el 29 de julio de 2026.
La Sala de Casación Laboral del altro tribunal cambió la regla para aquellos trabajadores que devengan más de un salario mínimo ($2.000.000 en 2026, si se incluye el auxilio de transporte).
Desde ahora, si el empleador debía salarios o prestaciones al terminar el contrato, la reclamación judicial presentada después de 24 meses no elimina la indemnización correspondiente a ese lapso, siempre que proceda la sanción según las condiciones legales.
Dicha decisión modifica una interpretación que reducía de forma importante lo que podía reclamar un trabajador.
Hasta ahora, si la demanda no se presentaba dentro de esos 24 meses, la jurisprudencia entendía que podía perderse la sanción de ese periodo y quedar solo el cobro de intereses moratorios.
Al respecto, la Corte expresó que “variará su criterio”.
Añadió que el cambio opera “sin que la reclamación de derechos por vía judicial por fuera de los 24 meses influya en la consecuencia sancionatoria”.
El caso revisó la reclamación de Anderson Jiménez Villegas contra Energía Integral Andina S.
A. en reestructuración, Edatel S.
A., UNE EPM Telecomunicaciones S.
A. y otras entidades.
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