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Una mujer trans demandó a una obra social por discriminación: asegura que la desafiliaron por querer cambiar su género

TN - Todo Noticias ·
Una mujer trans demandó a una obra social por discriminación: asegura que la desafiliaron por querer cambiar su género

Una mujer trans de Mendoza demandó a su obra social por discriminación y la Justicia le dio la razón: ordenó su reincorporación inmediata tras ser desafiliada por supuestamente omitir una “enfermedad preexistente” en su declaración jurada.

El caso empezó en diciembre de 2025 , cuando la afiliada inició un proceso de transición de género .

En un primer momento, la obra social autorizó una cirugía de implantes mamarios , pero en julio de 2026 todo cambió y resolvió darle de baja la cobertura.

Según el fallo, la prestadora le envió una carta documento para comunicarle la desafiliación , al sostener que había omitido informar una supuesta enfermedad preexistente en la declaración jurada de ingreso.

De acuerdo con ese argumento, la mujer no cumplía con los requisitos para continuar como afiliada.

Sin embargo, sostuvo que la verdadera razón de la baja fue el inicio de su transición de género .

La obra social le dio de baja la cobertura. (Foto: Freepik) Ante la interrupción de la cobertura médica, recurrió a la Superintendencia de Servicios de Salud y presentó una acción de amparo al considerar que había sido víctima de un acto discriminatorio.

Leé también: Fue madre soltera, nunca anotó a su hijo con el apellido paterno y cuando su ex murió pidió incluirlo como heredero: el fallo contundente de la Justicia El juez Pablo Quirós , titular del Juzgado Federal N° 2 de Mendoza , hizo lugar a la medida cautelar y ordenó que la obra social reincorpore de manera inmediata a la afiliada , con el mismo plan y el mismo valor de cuota que tenía antes de la baja.

En los fundamentos, el magistrado fue contundente al afirmar que la identidad de género “bajo ningún concepto puede ser catalogada como una patología” , por lo que no puede utilizarse como motivo para restringir derechos ni limitar el acceso a la salud.

Además, la resolución fijó un plazo máximo de cinco días para restituir la cobertura, mientras el proceso judicial continúa hasta que se dicte una sentencia definitiva.

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