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Condenado por agresión sexual a su hermana y amenazar con contarlo a su grupo religioso

Infobae ·

Almería, 27 ago (EFE).- La Audiencia de Almería ha condenado a 13 años y seis meses de prisión a un hombre que agredió sexualmente, de forma continuada, a su hermana, de 19 años cuando ocurrieron los hechos, tras vencer su negativa mediante la amenaza de contar a su familia y a la comunidad de Testigos de Jehová a la que pertenecían que la joven había mantenido relaciones sexuales.

La sentencia, dictada por la Sección Tercera de la Audiencia, considera probado que el acusado se prevalió de su condición de hermano mayor y de la posición de autoridad que ejercía sobre la joven, con la que había actuado como una figura paterna.

Según el fallo, el primer episodio tuvo lugar el 28 de octubre de 2023 en el domicilio del procesado, donde exigió a la joven que le permitiera comprobar si era virgen pese a las reiteradas negativas de esta.

Para vencer su oposición, la intimidó con contar a sus padres y a la comunidad religiosa de Testigos de Jehová a la que pertenecían que había mantenido relaciones sexuales.

La sentencia declara probados otros tres episodios posteriores, hasta diciembre de ese año.

El tribunal descarta que existiera consentimiento y considera que el acusado utilizó tanto su posición de superioridad como el componente religioso para condicionar la voluntad de la víctima.

La Audiencia considera los hechos constitutivos de un delito continuado de agresión sexual de los artículos 178 y 179 del Código Penal, con la agravación prevista en el artículo 180.1.5 por haberse prevalido el autor de una relación de parentesco o superioridad.

La Sala otorga credibilidad al testimonio de la joven y considera desvirtuada la presunción de inocencia del acusado tras valorar conjuntamente las pruebas practicadas desde esta denunció los hechos ante la Guardia Civil el 16 de enero de 2024.

Además de los 13 años y seis meses de cárcel y la inhabilitación absoluta, el condenado no podrá aproximarse a menos de 500 metros de la víctima ni comunicarse con ella durante 15 años.

También se le imponen diez años de libertad vigilada.

La sentencia establece asimismo seis años de privación de la patria potestad o inhabilitación para el ejercicio de los derechos de patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento, y 20 años de inhabilitación para actividades que impliquen contacto regular y directo con menores.

El condenado deberá indemnizar a su hermana con 4.000 euros por daños morales y abonar las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.

La resolución no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de diez días desde su notificación.

EFE mma/vg/ros

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