Declarar Ceuta como zona de Seguridad Nacional exige informar al Congreso y concretar medios materiales y humanos
La declaración de situación de interés para la Seguridad Nacional, que el Consejo de Ministros prevé aprobar este martes para Ceuta con el fin de afrontar la crisis creada por la entrada masiva de inmigrantes de finales de julio, permite al Gobierno tomar el control sobre la ciudad autónoma, nombrar a una "autoridad funcional" para dirigir y coordinar las actuaciones que procedan --tarea que recaerá en el ministro de Política Territorial, Ángel Víctor Torres--, y movilizar medios humanos y materiales, tanto públicos como privados.
Para su aplicaciones se requiere la aprobación de un real decreto por parte del presidente del Gobierno e informar inmediatamente al Congreso de las medidas adoptadas y de la evolución de la situación, aunque no necesita someter a votación la autorización del Parlamento.
Esta declaración está regulada en el artículo 23 de la Ley de Seguridad Nacional, que la define como "aquella en la que, por la gravedad de sus efectos y la dimensión, urgencia y transversalidad de las medidas para su resolución, requiere de la coordinación reforzada de las autoridades competentes en el desempeño de sus atribuciones ordinarias".
La situación de interés para la seguridad nacional se aplica "bajo la dirección" del Gobierno, en el marco del Sistema de Seguridad Nacional, "garantizando el funcionamiento óptimo, integrado y flexible de todos los recursos disponibles, en los términos previstos en la ley.
NO ES UN ESTADO DE ALARMA La norma, recogida por Europa Press, especifica que "se afrontará con los poderes y medios ordinarios de las distintas Administraciones Públicas y en ningún caso podrá implicar la suspensión de los derechos fundamentales y libertades públicas de los ciudadanos", a diferencia del estado de alarma que se usó para confinar a los ciudadanos en la pandemia del coronavirus.
Formalmente la declaración la tiene que hacer el presidente del Gobierno mediante un real decreto que deberá incluir, al menos, la definición de la crisis, el ámbito geográfico del territorio afectado y la duración y, en su caso, la posible prórroga.
El Gobierno podrá nombrar a una autoridad funcional y determinar "sus competencias para dirigir y coordinar las actuaciones que procedan".
Para ese mando único ya se ha decidido designar al ministro Torres.
El real decreto tendrá que concretar también los recursos humanos y materiales necesarios para afrontar la situación de interés para la Seguridad Nacional, previstos en los correspondientes planes de preparación y disposición de recursos, así como de otros recursos adicionales que se requieran en cada caso, de acuerdo con lo dispuesto en el Título IV de la Ley de Seguridad Nacional.
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