Impuestos a compras y servicios digitales dejarían más de $100 millones anuales al estado panameño
El Gobierno de Panamá estima que la aplicación efectiva del ITBMS a operaciones realizadas mediante plataformas digitales podría generar má s de $100 millones adicionales al año .
El ministro de Economía y Finanzas, Felipe Chapman , aseguró que se trata de una proyección “muy conservadora”, elaborada incluso con información de empresas del sector que han manifestado interés en cumplir con las obligaciones tributarias panameñas .
La propuesta está contenida en el proyecto de ley 30-26, aprobado por el Consejo de Gabinete para ser remitido a la Asamblea Nacional.
La iniciativa busca modificar disposiciones del Código Fiscal para alcanzar determinadas operaciones de la economía digital , incluyendo servicios contratados mediante plataformas, compras por internet y hospedajes gestionados en línea, que actualmente no siempre generan la misma tributación que sus equivalentes tradicionales .
Chapman insistió en que el Ejecutivo no está creando una nueva categoría de impuesto , sino estableciendo mecanismos para hacer efectivo el ITBMS que, según sostiene, ya corresponde pagar cuando un producto o servicio es consumido en Panamá.
La reforma busca definir reglas que permitan determinar cuándo una transacción digital debe considerarse realizada dentro del territorio nacional .
Para establecer esa vinculación con Panamá, el proyecto contempla elementos como la ubicación de la cuenta bancaria o del instrumento utilizado para efectuar el pago , la dirección de facturación, la dirección del protocolo de internet y el código de país de la tarjeta SIM.
Estos indicadores permitirían identificar dónde se utiliza, consume o aprovecha el producto o servicio contratado digitalmente.
El ITBMS tiene actualmente una tarifa general de 7% sobre bienes y servicios gravados, aunque algunas actividades mantienen porcentajes diferentes, como el hospedaje o alojamiento, sujeto a una tasa de 10% .
La Dirección General de Ingresos explica además que alimentos, medicamentos, servicios médicos, útiles escolares básicos, agua y otros productos y servicios permanecen fuera de la aplicación ordinaria del impuesto .
Chapman utilizó como ejemplo la compra de software.
Antes de la expansión del comercio electrónico, un consumidor adquiría físicamente el programa en un establecimiento y pagaba el impuesto correspondiente , mientras que el mismo producto comprado posteriormente por internet podía quedar fuera de la recaudación efectiva.
Para el ministro, esa diferencia produce una desigualdad entre quienes comercializan físicamente y quienes realizan operaciones equivalentes mediante canales digitales.
El mismo principio se aplicaría a servicios de entretenimiento y suscripciones.
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