Dos denuncias cruzadas por insultos racistas y homófobos acaban con sentencias dispares
Barcelona, 10 oct (EFE).- La Audiencia de Barcelona ha absuelto al vigilante de una discoteca de Esparreguera (Barcelona) que en 2020 fue denunciado por un cliente por presuntamente lanzar expresiones homófobas, quien sí ha sido condenado a seis meses de prisión por proferir insultos racistas contra el empleado, originario de Marruecos.
En contra del criterio de la Fiscalía, que pedía 10 meses de prisión para este vigilante por un delito contra los derechos fundamentales y las libertades públicas y contra la integridad moral, la sección séptima de la Audiencia de Barcelona lo ha absuelto.
En una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, el tribunal indica que no queda acreditado que dijera expresiones homófobas contra el denunciante y su pareja, como "maricones", por su condición sexual.
En cambio, y también en contra del ministerio público, que no acusó al no ver delito, la misma sección de la Audiencia de Barcelona ha condenado en otra sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, al cliente que denunció haber sido víctima de las expresiones homófobas.
Este hombre ha sido condenado a seis meses de prisión por el mismo delito por verter expresiones como "moro de mierda" o "os voy a denunciar y joderos la vida, puto moro", aunque lo absuelve de otro leve de amenazas.
Los hechos que derivaron en denuncias cruzadas ante los Mossos d'Esquadra ocurrieron sobre las cinco de la madrugada del 9 de febrero de 2020 en una discoteca de Esparraguera.
El vigilante de seguridad, al percatarse de que el cliente y su pareja estaban en el interior de uno de los compartimentos de los lavabos en "actitud excesivamente cariñosa", les instó a salir del mismo, ya que entre sus funciones estaba la de impedir que más de una persona ocupara los servicios o que se llevaran a cabo prácticas sexuales en su interior, dice el fallo judicial.
El tribunal no considera acreditado que el vigilante, defendido por el abogado David Martí, vertiera en aquel momento la expresión 'maricones', ya que las versiones ofrecidas durante el juicio por el trabajador y el cliente fueron "contradictorias" entre sí y porque no fue escuchada por otros dos testigos de los hechos.
Sí ve probado la sala, por los partes médicos aportados durante el juicio, que el acusado abofeteó tres veces al cliente, el cual mostraba una "actitud alterada".
Y lo hizo, dice la sentencia, con el "ánimo de menoscabar su integridad física", para después cogerle del cuello y sacarlo del lavabo, lo que le ocasionó hematomas.
Por estos hechos, el tribunal sí lo condena a una pena de un mes de multa a razón de 10 euros diarios por un delito leve de lesiones.
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