San Lorenzo, contra las cuerdas: una deuda millonaria con Piatti pone en riesgo de remate la histórica sede de Boedo
San Lorenzo enfrenta una delicada situación financiera que atenta de forma directa contra su patrimonio histórico: la Cámara de Apelaciones dictó una sentencia que obliga al club a pagarle a Ignacio Piatti un total de US$4.369.889,11 tras su segundo ciclo en el club en 2020.
Si no hay acuerdo, la sede de Avenida La Plata en Boedo podría ser rematada, ya que desde marzo de 2025 pesa sobre ella un embargo solicitado por el propio futbolista.
Este jueves se realizó una audiencia entre directivos del club y José Confalonieri , representante legal de Piatti.
San Lorenzo propuso un pago inicial y la cesión de parte de los derechos futuros de televisión, pero la oferta fue rechazada.
Las partes pactaron un nuevo encuentro para el 24 de septiembre, mientras el riesgo sobre la sede sigue latente.
Cómo se compone la deuda que reconoció la Justicia El monto total que San Lorenzo debe abonar se desglosa en varios conceptos: Indemnización para Piatti: US$2.292.716,47 Intereses: US$458.543,29 Honorarios de la parte actora: US$786.648,42 Honorarios de la parte demandada: US$611.880,16 Honorarios del perito contador: US$137.562,98 Tasa de Justicia: US$82.537,79 La deuda se originó en la segunda etapa de Piatti en el club, iniciada a principios de 2020 bajo la presidencia de Marcelo Tinelli .
El volante jugó apenas 10 partidos, solo uno completo, y a fines de ese año el club le aplicó una cláusula unilateral de rescisión.
Piatti inició entonces una demanda reclamando la doble indemnización prevista por las medidas adoptadas durante la pandemia de COVID-19.
Piatti llegó a San Lorenzo de la mano de Tinelli (Foto: X@SanLorenzo).
En primera instancia, el Juzgado había rechazado la mayor parte del reclamo y solo ordenó pagarle a Piatti US$850.000 por la cláusula de salida, más haberes y vacaciones.
Sin embargo, el 25 de septiembre de 2024, la Sala I de la Cámara de Apelaciones dio un giro total.
En primer término, declaró la nulidad de la cláusula de rescisión anticipada y consideró que el vínculo era estrictamente laboral, por lo que correspondía una indemnización especial por ruptura anticipada injustificada.
Además, ordenó que la indemnización se calcule según el dólar MEP y no el oficial, debido a las restricciones cambiarias, lo que elevó considerablemente el monto final.
El embargo sobre la sede En marzo de 2025, Piatti embargó la sede de Avenida La Plata 1782.
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