Green card y advance parole: la regla del Uscis que bloquea a inmigrantes que viajen fuera de EE.UU.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos ( Uscis , por sus siglas en inglés) actualizó sus directrices sobre los efectos del advance parole (permiso de viaje anticipado) en el estatus migratorio .
Las autoridades federales aplican una nueva interpretación legal sobre el abandono del país y las causas de inadmisibilidad para la residencia permanente o green card .
En qué consiste la regla del Uscis que bloquea a inmigrantes que viajen fuera de EE.UU.
La regla establece que la salida de EE.UU. mediante un documento de Permiso de Viaje Anticipado (Formulario I-512L) es considerada como una salida formal bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad.
Esta determinación jurídica revoca el criterio sentado en el precedente judicial Matter of Arrabally and Yerrabelly de 2012.
La Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés) emitió el fallo precedente Matter of Delcarmen-Lara el 13 de agosto.
La agencia confirmó que las normas migratorias no contemplan excepciones para las salidas temporales amparadas por un permiso de viaje .
En ese sentido, el nuevo criterio impone la causa de inadmisibilidad a los extranjeros que retornan al país tras utilizar el beneficio de salida temporal .
La medida afecta de forma directa el trámite de ajuste de estatus para la obtención de la residencia permanente o green card .
El Uscis publicó una alerta oficial en su portal institucional para advertir a los solicitantes sobre esta interpretación.
Las personas con permisos de viaje vigentes deben evaluar los riesgos de inadmisibilidad antes de cruzar las fronteras.
Casos en los que se aplica la regla del Uscis La normativa aplica a los extranjeros que acumularon más de 180 días de presencia ilegal en el país durante una sola estancia.
Asimismo, la restricción alcanza a los inmigrantes que contabilizaron un año o más de estancia no autorizada en EE.UU.
La salida bajo el permiso anticipado activa de manera inmediata el castigo de diez años de inadmisibilidad según la sección 212 de la ley.
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