Discapacidad: qué se cumplió y qué no de la ley que resiste el Gobierno en la previa de otra disputa en el Congreso
Hace un año, el Congreso sancionó la ley que declaró la emergencia nacional en discapacidad .
Hace seis meses, después de un fallido veto presidencial y una orden judicial, el Gobierno finalmente la reglamentó.
Y cuando quedan cuatro meses para que la emergencia pierda vigencia —a menos que exista una prórroga—, las organizaciones del sector y los prestadores de servicios para personas con discapacidad sostienen que la ley se aplicó a medias y que la situación sigue siendo crítica : que los aranceles que cobran las instituciones continúan sin cubrir sus costos de funcionamiento, que las prestaciones se deterioran y se reducen, y que, al mismo tiempo, el Gobierno nacional demora la aprobación de pensiones no contributivas por discapacidad, aunque en el Ministerio de Salud rechazan este diagnóstico.
Mientras tanto, se anticipa otra posible disputa parlamentaria hacia fin de año .
La Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad tuvo un recorrido difícil: los primeros días de junio de 2025, obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados, y en julio se convirtió en ley en el Senado.
Como se esperaba, a principios de agosto, el presidente Javier Milei la vetó .
Pero, antes de que termine ese mes, la oposición consiguió las mayorías para rechazar el veto en Diputados y, en septiembre, lo mismo hizo el Senado, con lo cual la norma quedó ratificada.
Sin embargo, aunque días más tarde el Gobierno nacional promulgó la ley, al mismo tiempo suspendió su aplicación hasta que el Congreso determinara las fuentes de financiamiento.
La discusión siguió en sede judicial: en diciembre, la Justicia Federal declaró la invalidez del artículo del decreto que suspendía la aplicación de la ley, y ordenó al Ejecutivo su “inmediata puesta en marcha”.
Recién en febrero de este año, el Gobierno nacional terminó por reglamentarla .
Leé también: Las personas con discapacidad podrán viajar gratis con la SUBE sin presentar el certificado La norma declaró la emergencia en materia de discapacidad en todo el territorio nacional hasta el 31 de diciembre de 2026.
Una parte de la ley apunta al sistema de prestaciones para las personas con discapacidad (centros de día; hogares permanentes; centros educativos terapéuticos; servicios de estimulación temprana, prestaciones de apoyo, de rehabilitación, alimentación y transporte).
Esos servicios son cubiertos fundamentalmente por tres fuentes: el PAMI; las obras sociales nacionales y prepagas bajo la órbita de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), y el programa médico-asistencial “Incluir Salud”, al que acceden quienes tienen una pensión no contributiva.
Hasta la sanción de la emergencia, los aranceles que podían cobrar los prestadores venían críticamente atrasados respecto de la inflación de los años previos.
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